QUE ES UNA DEMANDA CIVIL:


Por el Lic. Ezequiel Arreguin Cerda.



QUE ES UNA DEMANDA CIVIL:

Mucha vezes y con mucha frecuencia confundimos, la demanda con la denuncia, esta es de caracter penal, como denuncia de robo, de homicidio, de leciones, de fraude ext, ext

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DEMANDA CIVIL: Es el acto por el cual una persona física "personalmente o por conducto de apoderado" o el que representa a una persona juridica inicia un proceso jurisdiccional, plantiado con claridad y precisión al juez y solicitando que en su momento, dicte una sentencia favorable a sus intereses, para que haga efectivo, constituya o declare la existencia de derecho, o resuelva una obligación

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EJEMPLO DE DEMANDA: de de Divorcio, de Rectificación de actade nacimiento, matromonio o de cualquier otra acta del registro civil, de cumplimiento de contrato, ext. Ext.

CABE INDICAR QUE PUEDE INICIAR UN PROCESO JUDICIAL

TODA PERSONA QUE CONFORME A LA LEY ESTA EN PLENO EJERCICIO DE SUS DERCHOS CIVILES:

---Puede promover por su propio derecho o por medio de su representante o a quien se le otorgeun poder.



---Los ausentes o ignorados pueden comparecer a juicio por medio de sus representantes legitimos.



---Los que tengan interes en que la autoridad judicial declare o constituya un derecho o imponga una conducta.

---A nadie se le puede obligar a ejercitar la acción en contra de su voluntad, excepto cuando alguna persona tine una pretención que depende del ejercicio conjunto de la acción, ya que para este caso se podra exigir al interesado que la deduzca y si se rehúsa, podra hacerlo solo el primero.

---Individualmente o en grupo de personas, en caso de que dos o mas personas demanden a la misma pesona y existan identicas pretensiones que sean de una misma causa, deberan de litiga unidos y bajo una misma representación a esto se le llama (litisconsorio activo).



Para esto nombraran dentro de los tres días siguientes a un mandatario judicial y tendrá las facultades que en el poder se le haya conferido o designar al representante comun de los interesados, ya que de no hacerlo, el juez nombrara un representante comun de entre ellos o de los que ubieren nombrado.

El representante común se le deben hacer las notificaciones y citaciones las cuales surtiran efecto a todos los representados.

El que designe el juez tiene las mismas facultades de aquel que promueve por sus propio derecho, excepto las de desistirse, comprometerce en arbitros y el que nombre los interesdos tendrá estas facultades si expresamente es concedida por las otras partes.



Cuando exista litisconsorcio (dos o mas personas), el mandatario nombrado o el representante comun será el unico que podrá representar a sus poderdantes, con exclución de las demás personas.



Es importante manifestar que el mandatario designado o el representante común son inmediata y directamente responsables por la negligencia en sus actuaciones, debiendo responder de los daños y perjuicios que causen o ocacionen a sus poderdantes o representados.



---Esto es tambien para cuando existenn varios demandados , los mismos deben litigar bajo un mismo representante (litisconsorcio pasivo), en los términos y condiciones manifestados anteriomente.



LAS FORMAS Y CONTENIDOS:



No existen requicitos de forma para ijnterponer la demanda y en ella sóla se deben expresar los siguientes elementos:

---Tribunal ante el que se promueve: Indicando sólo la materia en que se versan las pretenciones, si exhisten varios juzgadores, la Oficialia de Partes remitirá la demanda a quien le corresponda.



---Nombre y apellido del actor o actores.



---El domicilio para oir y recibir notificaciones, el cual debe estar ubicado dentro del lugar o domicilio del tribunal ante quien se presenta la demanda, en caso contrario las notificaciones le correran por lista, en el mismo Tribunal

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---Personas autorizadas para oír noificaciones y recibir documentos, para los siguentes efectos:



A).- Autorizar para oír notificaciones en su nombre a una o varias personas con capasidad legal para interponer, recursos, ofrecer e intervenir en el desahogo de pruebas, diligenciar exhortos, alegar en las audiencias, alegar en las audiencias; pedir se dicte sentencia para evitar la caducidad y realizar cualquier acto necesario para la defensa de los derechos de su autorizante, no pudiendo delegar dichas facultades a un tercero.



---Estas peronas deberán acreditar su autorización para ejercer la profesión de licenciado en Derecho

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B).- Autyorizar solo para oír notificaciones e imponerse de los autos a cualquier porsona con capasidad legal, sin que gosen de las demas facultades, señaladas anteriormenbte.


SEGUIMOS LA PROXIMA SEMANA.


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