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Modelo de contrato de alquiler de habitación

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El 6 de marzo de 2019 trajo consigo la modificación de muchos artículos de la Ley de arrendamientos urbanos de 1994, motivo por el que he visto interesante rehacer y adaptar a la normativa un modelo de contrato de alquiler de habitación.

La ley de arrendamientos urbanos se ha reformado el 6 de marzo de 2019 por última vez, y dicha reforma afecta a los contratos de arrendamiento de habitación.

¿Y por qué afecta, Eduardo?.

Pues porque hay controversias sobre si los contratos de arrendamiento de habitación están sometidos a la ley de arrendamientos urbanos o al código civil.

Si un juez determinase que tu contrato está sometido al código civil entonces no afecta a tu contrato la reforma de la LAU.

Pero si un juez determinase que tu contrato de habitación está sometido a la ley de arrendamientos urbanos, entonces se aplicaría dicha ley, con lo que la reforma afectaría de pleno a tu contrato.

Se trata de un debate que no termina de resolverse. Si deseas saber más te dejo enlace a mi post alquiler de habitación para comprender la problemática a la que nos referimos.

Te enlazo, en formato word, un modelo de contrato de alquiler de habitación (de larga duración) y un modelo de contrato de alquiler de habitación (por temporada) ambos actualizados y realizados por mi.

Y recuerda que puedes acceder a este y otros documentos en nuestra sección Archivo Documental.

43 comentarios en “Modelo de contrato de alquiler de habitación

  1. Hola….he subarrendado una habitación con contrato de un año y con la autorización escrita por el dueño a una chica con un perro y un gato….hace cinco meses…ahora el dueño me ha avisado que vente el piso a su hijo y me da tres meses …pues mi contrato con el dueño de un año se acaba en un mes ,le pedí que me dejara cumplir el año con la subarrendataria ,además que él sabía que lo iba a subarrendar por un año.. …mi pregunta es si la chica me puede demandar por qué no se ha cumplido el año ……

    1. Hola María,

      El subarriendo siempre termina con el arrendamiento principal. Entiendo que podría pedir una indemnización.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  2. Gracias por la información. Entonces, como propietaria alquilando una habitación, no hay que llevar el contrato a ningún registro ni hacer declaración del IVA? Solamente lo declaro en la declaración de la renta?

    Gracias!

    1. Hola Clara,

      No tendrías que registrar el contrato, y tampoco tendrás que pagar IVA siempre que la habitación no se dedique a un uso comercial, sino a vivienda.

      Un saludo, espero haberle sido de ayuda.

  3. buenas, yo tengo una compañera de piso la cual quiero que marche del inmueble, el piso no es mio es de mi tía pero lo gestiono yo y a esta chica le alquile la habitacion con consentiemento de mi tia pero a condicion de que tanto ella cono la perrita que tiene no ocasionasen ningun tipo de problema, y mi madre le hizo firmar un papel en el cual ponia sus datos y los de mi madre, en el caul decia los datos de la chica y los de mi madre, la direccion y la cantidad a pagar cada mes y la fianza depositada, pero no ponia nada de si en caso de tener que abandonar el inmueble por mal comportamiento o deterioro de el en cuanto plazo debiamos avisarla y ni como procederiamos a la devolucion de la fianza la cual no le sera devuelta pues ha destrozado la perrita y ella algunas cosas, como paredes algun gristal y otros objetos del inmueble el cuya habitación se le alquiló amueblada con toallas y sabanas… y algunas de estas cosas han sufrido un deterioro acalerado por dejar dormir al animal en la cama o ponerselas ella en la camita de la perrita, ¿que debo hacer si le he dado un mes de plazo y ha dicho que no puede irse? que no encuentra nada donde poder ir con la perrita ya que ella dice cobrar poco mas de 400€ y paga 300€ por la habitacion con todos los servicios incluidos. gracias… se que es extenso pero esto es un mero resumen de la situación.

    1. Hola Jesica,

      Para poder ayudarte mejor debería saber de cuanto tiempo de duración sería en contrato que hicisteis.

      Un saludo, estamos aquí para ayudarte,

  4. Me registré en la página Aibnb para alquilar dos habitaciones y tener un ingreso extra, ya que solo cuento como ingresos, con una ayuda de 436€
    Que tengo que hacer para que no me denuncien por hacerlo?

  5. Buenos días, soy una persona jubilada de 70 años, vivo en un piso de alquiler desde 1982 sin contrato, necesito alquilar una habitación pero no sé si puedo hacerlo sin tener que pedir permiso a mi casera y si tendría que hacer un contrato.
    Muchas gracias.

    1. Hola Julia,

      A priori, no lo tienes prohibido, el subarriendo y podrias hacerlo, pero entiendo que la renta no podría superar a la que tu pagas.

      Puedes o no hacer contrato en relación a esa habitación.

      Un saludo

      1. Muchas gracias Carlos, no me queda muy claro si tengo que comentárselo a mi casera o queda a mi libre elección.
        Un saludo

  6. Hola, quisiera saber cómo es el trámite para declarar a Hacienda unas habitaciones que pienso alquilar a estudiantes, y cuánto será el poncentaje que se llevan?

    1. Hola Fabian,

      Como arrendador debes declarar a hacienda el beneficio que obtengas con el alquiler de la habitación en todo caso.

      Podrás deducirte entre el 60% y el 100% del dinero obtenido en función de la edad y los ingresos del inquilino, tal como indica el artículo 23 de la ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas

      – Si el inquilino de la habitacion tiene entre 18 y 30 años y unos ingresos netos superiores al valor del iprem (7.455,14 euros/año) puedes deducirte el 100% de las rentas obtenidas

      En caso contrario, podras aplicarte una reducción del 60% de la renta percibida

      Espero haberte sido de ayuda

  7. Hola! Estoy interesada en subarrendar mi habitación con el previo consentimiento de la casera. Estoy buscando un modelo de contrato para este fin pero no encuentro ninguno específico ¿ podría mandarme alguna plantilla o enlace?
    Muchas gracias de antemano. Un saludo

    1. Hola Nuria.

      Siento no poder ayudarte. No tengo ninguno colgado en la web. Lo tendré en cuenta para ver si cuelgo alguno, pero será más adelante. Ahora no tengo tiempo. Me es imposible.

  8. Hola Eduardo, quería saber si existe un tiempo mínimo de días para poder alquilar una habitación. ¿Puedo hacer un contrato por 5 días, por ejemplo o por un fin de semana?, En cualquier caso, estaría siempre regido por el Código Civil.?
    Si la respuesta es afirmativa, por qué existen tantos problemas con los llamados alquileres vacacionales a través de plataforma como Airb&b?. Muchas gracias.

    1. Hola Miguel Ángel.

      Si la finalidad del arrendamiento es turística (y lo es si anuncias en airbnb) entonces es necesario tener la vivienda registrada en el registro de turismo de la comunidad autónoma.

      Si no se hace así podrás alquilar, pero si te pillan te sancionarán con una multa importante.

  9. Hola, como tendría que modificar el modelo de contrato para que no sea obligatorio cobrar la fianza? Hasta ahora no la he cobrado nunca ni depositado en ningun sitio. La multa por hacer esto seria muy grande? o se puede hacer con algun modelo de contrato de alquiler de habitacion en piso compartido?

    1. Hola Alba.

      Si es contrato de habitación puedes poner que está sometido al código civil y en ese caso no es necesario pedir/dar fianza.

  10. Hola. una duda, soy el inquilino de un piso,tengo intención de subarrendar una habitación (la casera me ha dado permiso) pero aquí viene el problema, la chica a la que he metido en la habitación necesita aparecer en el contrato de la casa o de la habitación por un tema de beca. Ahora mismo no vamos a poder cambiar el contrato para incluirla, pero yo tengo permiso para poder subarrendar la habitación por parte de la casera (permiso verbal) y tengo dos preguntas.

    -¿Puedo hacer siendo el inquilino un contrato de habitación a la subarrendada para demostrar que ella va a vivir alli y así solucionar el tema de la beca?
    -Como te digo la casera me ha dado permiso VERBAL para subarrendar, como se hace la autorización para convertir ese acuerdo en escrito?
    Muchas gracias.

    1. Hola Julián.

      Debes tener permiso por escrito.

      Tu no puedes hacer un contrato de arrendamiento en el que la chica sea arrendataria para el tema de la beca, sino que puedes hacer un contrato de subarrendamiento en el que la chica aparezca como subarrendataria y tu como subarrendador (por lo que el tema de la beca está difícil, salvo que la dueña quiera hacerle un contrato de arrendamiento a la chica).

  11. Hola. He alquilado una habitacion a una chjca con contrato. Ella me lo subarrendo. Pero yo necesito para una ayuda que me hagan un contrato de alquiler de habitacion. Que puedo hacer en cado de que la dueña del piso se niegue?
    Gracias.

    1. En ese caso tendrá que ser la dueña la que te haga el contrato de alquiler de habitación.

      La inquilina solo puede subarrendar, y nunca arrendar, pues eso solo lo puede hacer la arrendadora/propietaria.

  12. Buenas noches,
    Mi situación es la siguiente: Una prima mia que se encontraba en la calle con sus dos hijas adolescentes me pide que ya que estaba en vísperas de trasladarme de ciudad por motivos laborales que le alquilara dos de las habitaciones para ella y sus hijas, a cambio me pagaria doscientos euros mensuales y ella se encargaba totalmente de los gastos de luz y agua. Mi piso es una vpo de octubre de 2007.
    No se firmo contrato al efecto….. sinceramente lo que me pidio además ella era que le hiciera un contrato como que tenía el piso alquilado en su totalidad para solicitar ayudas sociales.
    El 26 de Febrero mediante mensaje de texto me informa que cambia de piso el 1 de marzo (yo ya le habia pedido tres meses antes que buscara otra cosa ya que me estaba destrozando la casa).
    El resultado es que me ha dejado luz y agua sin pagar ademas de sus habitaciones y la cocina destrozadas.
    LLegaron a estar empadronadas en mi piso y cso muestra su estancia en mi casa.
    Que acciones puedo hacer? Hay algun listado de inquilinos morosos?
    Gracias de antemano

  13. Hola,

    Tengo pensado alquilar habitaciónes de mí vivienda habitual. Me puede informar de donde tengo que presentar los contratos de dicho alquiler, para que este todo en orden.
    Y en cuanto a hacienda, que porcentaje tengo que pagar al realizar la declaración de la renta.

    Muchas gracias

    1. Hola Isaac.

      Puedes hacer los contratos sometidos al código civil en lugar de someterlos a la ley de arrendamientos urbanos. De esta forma te evitas tener que depositar la fianza en la comunidad autónoma, pues en los casos de alquiler por habitaciones es un rollo.

      En cuanto al registro, no es necesario registrar el contrato en ningún registro, y será totalmente legal.

  14. Buenas noches: he alquilado hace 20 días una habitación en mi vivienda habitual, me pagó el primer día y le hice un recibo, también le Empadroné. ¿es conveniente que le haga un Contrato? El no me lo ha pedido. Muchas gracias.

    Un Saludo.

    1. Hola José Ramón.

      Con contratos de por medio siempre será todo más fácil en caso de que os tengáis que reclamar algo.

  15. Buenas tardes.

    Tengo un contrato por temporada de una habitación en una vivienda de mi propiedad, que no es mi residencia habitual ( la otra habitación la utilizo de vez en cuando para mi uso ), a un amigo de 34 años que vino a Madrid por trabajo, aunque sigue empadronado en Sevilla, y lo hicimos desde el 1 de Noviembre de 2014 hasta el 1 de Mayo de 2015. El 1 de Mayo decidimos prorrogarlo, escribiendo a bolígrafo en la última hoja de los dos contratos, que ampliábamos hasta el 1 de Noviembre de 2015 y firmando ambos tanto en su copia como en la mía. Mi duda es si el contrato de temporada tiene un límite máximo temporal ( 1 año, 2 años…), para saber si en algún momento tenemos que cambiar el tipo de contrato.
    Por supuesto que en mi declaración de la Renta lo declaré y mi amigo en su empresa ha dado éste domicilio, pero el contrato no hacía falta presentarlo en la Oficina de la Vivienda de la Comunidad de Madrid.
    Muchas gracias,
    Un saludo.

    1. Hola Jesús.

      Se puede seguri prorrogando cono de temporada. Sin embargo, si tuvieseis algún problema los dos y tuvieseis que ir a juicio,mcosa que seguro no ocurrrá, seguramente el juez consideraría el contrato como «de vivienda» en lugar de considerarlo como «de temporada», por entender que se trata de la vivienda habitual de tu amigo.

      Sin embargo, podéis hacer contrato de vivienda en cualquier momento y ponerle una duración, por ejemplo, de un año.

      No le veo excesiva importancia. No te preocupes.

  16. Hola, les escribo porque mi casero no me quiere devolver la fianza porque según el le tengo que indemnizar con una mensualidad por abandonar la habitación que tengo alquilada.

    Mi contrato era hasta enero 2015 (6meses de duración) y en el no pone que haya prorroga automática del alquiler de la habitación. Avisé con un mes de antelación de que abandonaba la habitación y me dice que no tiene el derecho a devolverme la fianza. Es así o tengo yo razón. Me gustaría saber como podría actuar ante este problema.

    1. Hola Fátima.

      ¿Tenéis contrato por escrito?.

      En principio aunque no se diga nada de las prórrogas, éstas actúan automáticamente.

      Si quieres mándamelo a info@abogadosparatodos.net y le echo un vistazo y te digo algo con mayor seguridad.

  17. Buenas tardes, yo alquilo una habitación desde el 2007 y pago muy poco 120 euros mes con gastos incluidos, los dueños del piso se han portado de maravilla conmigo es gente de bien ya que me la han recomendado en la iglesia.
    Tengo 56 años y una pensión no contributiva (PNC) de 360 eu, mas un complemento de Cataluña de 100 eu, por una discapacidad del 65%.
    Esta semana me llego una carta del ministerio que me pueden ayudar con 550 eu al año, que esta destinado para gente como yo que están solos y viven de alquiler, pero tengo que demostrar que vivo aquí por contrato o recibos validos
    Bien como podría hacer un contrato de alquiler de habitación sin perjudicar a los dueños con hacienda ya que yo prácticamente pago los gastos y nada mas y no quisiera molestarlos ya que nos llevamos muy bien y me han ayudado mucho.
    Me despido esperando una respuesta, gracias

    1. Hola Javier.

      Desconozco si actualmente los arrendadores declaran los ingresos que reciben de tu parte.

      Pero lo que está claro es que si una entidad pública te pide un contrato de arrendamiento para otorgarte una ayuda, ese contrato es muy posible que «llegue a conocimiento» de hacienda, por lo que los arrendadores tendrían que estar alerta de esta situación, para declararlo de ahora en adelante.

      No se si esta es la situación actual o no.

      Saludos.

      1. No señor abogado no declaran no tenemos contrato, por eso mis preguntas o como debería hacerlo ya que se que hasta los 30 años y con bajos ingresos se queda excnto de pagar impuesto, pero yo tengo 56 años y como le decía recibo una pensión de 360 eu por una discapacidad del 65%, no se como hacerlo para hacer un contrato que me sea favorable bajo mi situación y sin perjudicar a mis arrendadores, como se lo explicaba en mi publicación anterior. Agradecido de ante mano por vuestra futura respuesta, me despido cordialmente.

        1. Hola Javier.

          Pues siento no poder ayudarte.

          La verdad es que desconozco de qué forma se podría hacer.

          Saludos.

  18. Hola,
    Le felicito por lo bien explicado que está el tema y le agradezco los modelos de contrato.
    Sin embargo, hay un aspecto que no me ha quedado claro: en el caso de que se trate de un alquiler por una temporada, ¿qué diferencia hay entre hacerlo en base a la LAU o en base al Código Civil?, ¿qué implicaciones tiene hacerlo de una y otra forma?.
    Gracias.

    1. Hola Laura.

      En realidad es una cuestión más teórica que práctica, ya que las diferencias las apreciaremos cuando surja un problema y haya que acudir a los tribunales. En ese caso será el juez quien diga si ese contrato debe regirse por la LAU o por el código civil, y en función de lo que indique, se aplicará una normativa u otra a ese conflicto.

      De antemano, recomiendo mencionar en el contrato que se rige bajo la LAU, porque además siempre se aplicará supletoriamente el código civil.

  19. Me ha gustado el artículo de arrendameinto de habitación, y también el modelo de contrato. Tengo una duda. ¿Puede un arrendatario arrendar una habitación? Creo que sí, con permiso de subarriendo del propietario. Pero me gustaría tenerlo claro.
    Gracias!!!

    1. Hola Sara.
      Efectivamente se puede subarrendar, pero con el consentimiento del arrendador, bien establecido en el contrato o con posterioridad a la firma del contrato.
      Saludos.

      1. hola, he alquilado una habitacion en mi casa y no he echo contrato al compañero de piso, no sigue las reglas y le he pedido que se marche con el debido tiempo de un mes.

        queria saber si me puede denunciar por algo?

        y como puedo defenderme

        gracias

        1. Hola Alfonso.
          Sin contrato es muy complicado que pueda denunciarte por nada.
          Piensa que tendría que realizar un gasto importante para demandarte, teniendo muy pocas opciones de éxito.
          Saludos.

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