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NIC No.38 Activos Intangibles.

Prescribe el tratamiento contable de los activos intangibles , esta Norma requiere que las entidades reconozcan un activo intangible si, y sólo si, se cumplen ciertos criterios.

Un activo intangible es identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física. su reconocimiento debe cumplir la definición de activo y el criterio de reconocimiento

Un activo satisface el criterio de identificabilidad cuando es separable, o surge de derechos contractuales o de otros derechos legales.

Se reconocerá sólo si, los beneficios económicos futuros atribuidos al mismo fluyan a la entidad.

Un activo intangible se medirá inicialmente por su costo. El costo de un activo intangible adquirido de forma independiente comprende precio de adquisición, incluidos aranceles e impuestos no recuperables derivados sobre la adquisición, después de deducir los descuentos comerciales y las rebajas; y cualquier costo atribuible para su uso previsto.

No se reconocerán como activos intangibles aquellos que se hayan generado internamente.Un activo intangible surgido del desarrollo, se reconocerá como tal sólo si, la entidad demuestra su terminación técnica y pueda estar disponible para su uso o venta, por la forma en que el activo intangible vaya a generar probables beneficios económicos en el futuro y medir, el desembolso atribuible durante su desarrollo.

MEDICIÓN POSTERIOR AL RECONOCIMIENTO

La entidad elegirá como política contable el modelo del costo o el modelo de revaluaciónModelo del costo, se contabilizará por su costo menos la amortización acumulada y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor. Modelo de revaluación, se contabilizará por su valor revaluado, que es su valor razonable, en el momento de la revaluación, menos la amortización acumulada, y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor que haya sufrido.

VIDA ÚTIL
Una entidad evaluará si la vida útil de un activo intangible es finita o indefinida, si es finita, evaluará su duración mediante los elementos de producción que constituyan su vida útil. Será con vida útil indefinida cuando, mediante análisis de todos los factores relevantes , no exista límite previsible a lo largo del cual, el activo se espera que genere entradas de flujos netos de efectivo para la entidad.

Ver NIC No. 16 Ver NIC No. 17 Ver NIC No. 29 Ver NIC No. 32
Ver NIC No. 36 Ver NIC No. 38 Ver NIC No. 40 Ver NIC No. 41