Información sobre residuos
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Documentos necesarios para la gestión de los residuos
Procedimiento para conocer qué documentos son necesarios para la gestión de los residuos
Gestión de aguas residuales



Procedimiento para conocer qué documentos son necesarios para la gestión de los residuos


Para conocer qué documentos de los descritos en el punto 5.3.6 deben ser utilizados, según el tipo y la cantidad de residuos generados, en este apartado se describen los pasos a seguir:

- Conocer el código de residuo según el Catálogo de Residuos de Catalunya. Este procedimiento se puede realizar de forma manual (con el mismo catálogo) o mediante la web de la ARC (http://www.arc-cat.net/ca/aplicatius/ccr/jr-42000.asp).

Por ejemplo, para las baterías, el código es 160103.

- Consultar la tabla de equivalencias entre los códigos del Catálogo de Residuos de Catalunya y los anexos de clasificación 1 y 2, disponible en el Manual de residus de Catalunya. En el anexo 1 los residuos se clasifican por grupos. Cada grupo tiene una cantidad límite que determina los documentos a utilizar. Con respecto al anexo 2, sólo se debe comprobar si está o no en él.

Por ejemplo, las baterías, están en el grupo 21 del anexo 1 y SÍ están en el anexo 2.

Tabla de equivalencias entre los códigos del Catálogo de Residuos y los anexos 1 y 2 del Manual


- Buscar en la tabla de los anexos del Manual de residus de Catalunya, comprobar que el código del anexo 1 donde está el residuo es el mismo que en la tabla anterior, y anotar la cantidad máxima. Comprobar si el residuo está presente o no en el anexo 2.

Por ejemplo, las baterías están en el grupo 21 del anexo 1, con cantidad máxima de 500 kilos, y están presentes en el anexo 2.

Anexos 1 y 2 del Manual de Residuos de Catalunya

- Conocer qué documentos son necesarios para la gestión de este residuo. Interpretando las descripciones de los documentos hechas anteriormente, se puede obtener la siguiente tabla, muy útil para conocer qué tipo de residuos requieren hoja de aceptación y hoja de seguimiento.


1

2

3

4

Anexo 1 <

Anexo 1>

Anexo 2 <

Anexo 2>

A

Valorización

FS FA

FS FA

FS FA

FS FA

B

Tratamiento

FS FA

FS FA

FS FA

FS FA


En caso que el residuo esté presente en el anexo 2, se deben utilizar las columnas 3 y 4. Si no está presente, las columnas válidas son la 1 y 2.

Por lo tanto, en caso de gestionar 560 kilos de baterías (anualmente) y se pretenda valorizarlos, la casilla a aplicar es la A4. Así pues, es necesario utilizar las hojas de seguimiento pero no las de aceptación.

La interpretación que podemos obtener observando esta tabla es que los productos que se pueden valorizar requieren menos documentación que aquellos que reciben sólo tratamiento y rechazo; aquellos que se encuentran en el anexo 2 (los de menor peligrosidad) también necesitan menos documentación. Y para finalizar, para cantidades inferiores a las indicadas en el anexo 1, la documentación es menor que para cantidades superiores.