Medicina Legal


Pruebas Periciales

Las pruebas periciales constituyen un producto industrial para el contexto de asuntos medico legales, dentro del ámbito jurídico. Conforman un protocolo de pasos a seguir bajo condiciones de eventos médicos que en el contexto legal pudieran tener verificativo.

Este instrumento permite atender las demandas que en lo laboral, penal, civil y hasta familiar pudieran darse para colaborar con los abogados designados, o con el jurídico de corporativos empresariales en un juicio.


Las periciales medico legales del CPALC, tuvieron su origen con el ingreso de la administración del Dr. Luis A. Pando Orellana al tribunal superior de justicia en el año de 1991, para efectos de desempeñarse como perito de parte o terceros, avalados por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. La tarea continuó por años hasta adquirir una sólida experiencia medica, forense, legal, empresarial, oficial y a nivel familiar e individual.

Establece bajo los criterios de normas periciales la o las verdades que de acuerdo al estado del arte de la tecnología medica puedan establecer criterios de responsabilidad o no en términos judiciales como auxiliares en la impartición de justicia, local y federal.

La evaluación se realiza conforme a los criterios negociados ante el juez por las partes involucradas. Conforme a sus posturas. la duración por ende es negociada de acuerdo a los tiempos procesales, en un proyecto que se trabaja conjuntamente con autoridades judiciales, equipos de abogados, clientes y entre nuestro staff como asesoría multidisciplinaria


Medicina Legal


Las pruebas periciales del CPALC van dirigidas básicamente a empresas pequeñas y medianas sin hacer a un lado la actividad de jurídicos que pudiesen requerir de este tipo de asesoría o recursos outsourcing.

 

Surgen como una solución ante la necesidad de contar con una asesoría especializada en rubros tan delicados como lo legal. Los productos avalados por la certificación en medicina legal y forense del director del CPALC y sus asesores en especialidades complementarias, estructuran un cuerpo claramente conocedor del terreno, sus alcances y limitaciones dentro de las legislaciones locales y federales.

Toda prueba pericial se complementa y sustenta con los estudios ofrecidos en otros productos del CPALC.


La Neuropsiquiatría y el Ámbito Jurídico

Dentro de los juicios de índole familiar, penal e incluso civil, con frecuencia en el periodo probatorio de los tiempos procesales con mucha frecuencia se requiere de la intervención de especialistas en materias diversas, particularmente de la medicina y de su subespecialidad la neuropsiquiatría.

Los clientes que con frecuencia recurren al CPALC, tienen algún o algunos asuntos o querellas pendientes en el ámbito judicial, particularmente individuos o empresas, así como aseguradoras, que continuamente enfrentan litigios y que requieren de peritos especializados.

Las empresas que ofrecen servicios dentro de las cuales existe el riesgo implícito de conflicto de tipo legal asociado a la medicina ; establecen convenios eventuales o de tipo permanente y sus respectivas cámaras pueden firmar acuerdos para recomendar servicios con características de idoneidad a través del CPALC quien posee dichas características ante la Academia Nacional de Medicina al través del Concejo Mexicano de Medicina Legal.


El ámbito jurídico con su lenguaje muy particular sustentado en los códigos vigentes, debe correlacionar con el lenguaje medico en el foro, de donde deriva el término forense, que determina en muchas ocasiones la resultante en términos de sentencia judicial.

 

La Asesoría

El contacto inicial se puede realizar vía electrónica, por contacto telefónico o mediante cédula de notificación judicial. Implica generalmente la presencia de un abogado litigante quien vislumbra la necesidad de ofrecer la prueba pericial neuropsiquiátrica ante un juez con el propósito de obtener una sentencia favorable en un proceso legal.

Procede la revisión de los antecedentes de donde deriva la aceptación o rechazo del caso, dando lugar a una entrevista con la parte interesada en donde se analiza el expediente y procede la aceptación del cargo mediante comparecencia ante el tribunal correspondiente, ahí mismo se establece la fecha de término de los estudios, así como la respuesta a los cuestionarios aprobados por el juez.

Junta interna para desarrollo de la estrategia a seguir para cumplir con el pedimento judicial. Se procede a la realización de los estudios, se redacta el informe, se revisa por parte del equipo multidisciplinario del CPALC, se resuelven las dudas o ambigüedades de las afirmaciones o negaciones del estudio, se entrega la pericial al tribunal vía oficialía de partes, se procede a la ratificación mediante una segunda comparecencia y ocasionalmente por orden judicial se realiza una junta de peritos de las partes con o sin perito tercero nombrado directamente por el juez.

 

Legal MENTE Hablando

CPALC cuenta con una experiencia de 15 años en la prestación de servicios periciales,a lo largo de los cuales ha sido participe en importantes juicios a nivel penal, civil y familiar.

El Dr. Luis A. Pando Orellana con reconocimiento por parte del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, La Comisión Nacional de Derecho Humanos, el Instituto Nacional de Ciencias Penales INACIPE, Facultad de Derecho de la UNAM, y El Instituto de Investigaciones Forenses de la Habana, ha colaborado exitosamente en tribunales federales, estatales y locales con más de un 90% de periciales con sentencias favorables.

 

 

Sabía usted que...

¿En la mayor parte de los juicios, se requiere de pruebas periciales y que la que mas se utiliza en el ámbito de lo familiar y penal es la NEUROPSIQUIATRICA?

¿Durante un juicio el periodo probatorio es el momento oportuno para ofrecer la prueba pericial?

¿Hay dos tipos de peritos, el perito de parte y el perito tercero?

¿El perito de parte representa bien a la parte actora o a la defensa y que el perito tercero es nombrado directamente por el juez?

¿Existen cuatro instancias legales a las que se puede apelar: Ministerio Público, Juez de Primera Instancia, tribunal superior, Suprema Corte de Justicia, y que existen Ministerios Públicos locales y federales y jueces locales y de circuito (federal)?

¿No es lo mismo criminología que criminalística : la primera estudia el perfil del supuesto criminal y la segunda las pruebas medico-legales que pueden incriminar o exculpar del delito a un individuo, como por ejemplo la prueba de ADN ?

¿Un perito medico idóneamente debe estar certificado en medicina legal y forense y debe ostentar alguna sub-especialidad medica?

¿Las jerarquías de jueces son: un juez de primera instancia local, magistrado de sala local, juez de circuito y ministro de la suprema corte de justicia de la nación?

¿Conforme al Art. 20 de la Constitución mexicana usted puede reservarse el derecho a declarar?

¿El derecho a fianza lo determina el tipo de delito y el hecho de ser primo delincuente o reincidente?

¿El dictamen pericial debe ser absolutamente imparcial y objetivo?

 

 

 







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