LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS
Son una forma de organización social
creada por personas físicas que tienen un interés común. Deciden unir esfuerzos
y ayudarse para satisfacer necesidades de grupos e individuos, realizando
actividades de producción, distribución y/o consumo de bienes y servicios. Es
regida por la Ley General de Sociedades Cooperativas.
Existen varias sociedades cooperativas,
por ejemplo:
1. Sociedad
cooperativa de responsabilidad limitada: es aquella en la cual los socios sólo
responden por el certificado de su aportación.
2. Sociedad cooperativa
de responsabilidad suplementada: además de responder por la aportación, en los
estatutos sociales se establece un tope adicional por el que deben responder
los socios.
3. Sociedad cooperativa
de consumo: las personas se asocian con el objetivo de comprar bienes y
servicios, para dedicarse a actividades de abastecimiento y distribución,
ahorro y préstamo.
4. Sociedad cooperativa
de producción: los socios trabajan en equipo para la producción de bienes y servicios.
5. Sociedad cooperativa
de participación estatal: es una asociación entre autoridades de gobierno, sean
federales, estatales o municipales.
6. Sociedad cooperativa
de vivienda: su finalidad es la construcción, compra, mejora, mantenimiento o
administración de vivienda.
Los socios pueden demostrarlo con el
acta constitutiva, una constancia del Registro Público de su localidad, con su
certificado de aportación o con su registro en el Libro de Registro de Socios
Requisitos para el Registro 2013 S.H.C.P
Los
documentos que presentarán los proveedores y prestadores de servicio ante la
Dirección de Adquisiciones para obtener el acreditamiento del registro
voluntario de proveedores, serán los siguientes:
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1.-
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Solicitud de registro debidamente
requisitado, debiendo citar los puntos de acuerdo a su aplicación. (Anexo Formato de Oficio de Solicitud de
Registro 2013)
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2.-
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3.-
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Original o copia certificada y copia simple de
escrituras públicas debidamente inscritas en el Registro Público de la Propiedad
y de Comercio que corresponda, con la que acredite la constitución o
conformación y todos los cambios jurídicos y económicos de la persona moral
realizados a la fecha de inicio de este trámite. Las personas físicas
proporcionarán original o copia certificada actualizada y copia simple de
acta de nacimiento.
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4.-
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Original o copia certificada y copia simple de
escritura pública o documento legal con el que se acredite la personalidad
del representante legal o mandatario de la persona física o moral según sea
el caso.
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Carta
en papel membretado de la empresa con nombre y firma del representante legal
de la misma, en la que bajo protesta de decir verdad manifieste: (Anexo Formato General de Registro 2013)
a)
Domicilio para oír y recibir notificaciones y visitas de inspección. (De ser
un proveedor y/o prestador de servicio del Estado, se sugiere según sea el
caso, que el domicilio la dirección deberá coincidir con la plasmada en el
Formato de Registro)
b) Máximo de 3 Giros o actividades preponderantes. c) Fecha de inicio de actividades, experiencia en el ramo, número de empleados, currículo y aceptación de visitas de inspección a su domicilio fiscal, Debiendo anexar un mínimo de seis fotografías, dos (2) que muestren el exterior y cuatro (4) que muestren el interior de la infraestructura de la empresa, que permita observar si cuenta con experiencia y capacidad técnica, administrativa y financiera para atender los giros registrados. Las fotografías deberán ser claras al punto que se distingan las imágenes solicitadas. d) Relación de principales clientes |
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5.-
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6.-
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Original o copia certificada y copia simple del
registro del Sistema de Información Empresarial Mexicana (SIEM) vigente al
2013. En caso de que el registro se encuentre en trámite, se podrá presentar
el original y copia simple del recibo de pago para este registro, emitido por
la Cámara correspondiente.
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7.-
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Original o copia certificada y copia simple de
estados financieros con una antigüedad no mayor de tres meses.
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8.-
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Original o copia certificada y copia simple de
estados financieros dictaminados del ejercicio 2011, en caso de estar
obligado a ello, conforme a la ley de la materia. En caso de que el proveedor
o prestador de servicio no esté obligado a dictaminar, deberá presentar carta
en papel membretado de la empresa firmada por el representante legal de la
misma, en la que bajo protesta de decir verdad manifieste la no obligación de
dictaminar, debiendo mencionar las disposiciones en la materia que los exenta
de tal obligación. (Anexo Formato de carta de no obligado a
dictaminar) Siendo exigible los estados financieros
dictaminados del ejercicio 2012, de acuerdo al calendario de presentación
emitido por el SAT (Servicio de Administración Tributaria) en el presente
ejercicio.
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9.-
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El
original o copia certificada y copia simple de la declaración anual del
ejercicio 2011 que haya presentado ante la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público y acuse electrónico que emite el SAT o confirmación de entrega con
acuse de recibo con sello digital por parte de la misma Dependencia. En caso
de que la empresa sea de reciente creación, deberá presentar carta en hoja
membretada de la empresa con nombre y firma del representante legal de la
misma, en la que bajo protesta de decir verdad manifieste que por ser de
reciente creación no ha realizado la declaración anual correspondiente,
debiendo presentar el original o copia certificada (para cotejo) y copia
simple(para archivo) de la cédula de identificación fiscal expedida por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por el SAT (Servicio de
Administración Tributaria), así como los estados de cuenta bancarios de los
tres meses inmediatos anteriores. Formato de carta para empresa de reciente
creación. En caso de que aplique; presentar en hoja membretada firmada por el
representante legal de la empresa, carta en la cual manifieste las razones
por las cuales presenta en su declaración anual, saldos negativos. Siendo
exigible la declaración del ejercicio 2012, en el caso de personas físicas a
partir del mes de mayo de 2013 y para personas morales, a partir del mes de
Abril de 2013.
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CAPITAL SOCIAL
¿Cómo puede considerarse el capital social?
Como el
conjunto de las relaciones sociales de las que en un determinado momento
dispone un sujeto individual (por ejemplo, un empresario o un trabajador)
o un sujeto colectivo (privado o público).
¿Cuáles
son las 2 clasificaciones de capital social?
El capital social de solidaridad y el capital social de reciprocidad.
¿Qué
características tiene el capital social?
El
capital social se acumula, se crea, se mantiene y se destruye. Es el único
capital que no disminuye o se agota con el uso, al contrario, entre más se usa,
más crece pero, como todo capital, necesita de constantes inversiones, genera
costos tales como tiempo, dinero, atención, información y beneficios como
información compartida, actividades coordinadas, toma de decisiones colectivas,
buenos canales de comunicación, veeduría social, seguridad, asimismo, facilita
la consecución de fines que de otra manera no serían alcanzados o tendrían un
costo mucho más alto y esto es en esencia el valor del capital social.
¿Cómo funciona el Capital
Social?
El término Capital Social no sólo se refiere a sentimientos
nobles o generosos, sino que abarca una amplia diversidad de beneficios que van
desde la amistad, confianza, reciprocidad e información, hasta la cooperación
en conjunto o en comunidad. El Capital Social genera valor o merito para la
gente que está asociada o afiliada a él, y a veces también, para quienes están
en su cercanía perímetro esto lo afirma Putnam en sus estudios.
¿Cuáles
son las formas para construir el capital social?
Las formas básicas
del capital social son las siguientes: el capital social como recurso
individual y como recurso colectivo, formal e informal, público o privado,
denso o diluido.
FONDOS
SOCIALES
¿Qué
son los fondos sociales?
Los fondos sociales son organismos que financian
pequeños proyectos en una variedad de sectores dependientes de la demanda y
administrados por la comunidad o actores locales.
¿Que
es el fondo de reserva?
Es aquella cantidad que
debe reservar la comunidad de propietarios para atender los gastos de
conservación y reparación del edificio, y que, normalmente, no podrá tener un
capital inferior al 5 % del último presupuesto ordinario.
¿Que son los fondos sociales de consumo?
Parte de la renta nacional (de su fondo
de consumo) que se distribuye entre los miembros de la sociedad socialista
gratuitamente o en condiciones ventajosas, o sea, en gran medida con
independencia de la cantidad y de la calidad del trabajo.
¿Que son los fondos de emergencia social?
Son aquellos destinados a compensar la pobreza
adicional creada por las políticas de ajuste económico y tienen una duración
breve mientras dura la emergencia.
¿Para que son los fondos para el desarrollo de
micro actividades productivas?
Estos pretenden eliminar
las barreras al acceso al crédito de pequeños y micro productores.
Asamblea a de socios
¿Quién
convoca legalmente a la Asamblea de socios?
El órgano supremo de la sociedad
¿Cuáles
son las características fundamentales de la Asamblea General?
ü No es
órgano permanente
ü Sus
facultades son indelegables
ü Órgano
corporativo
ü Órgano
soberano, pero no omnímodo
ü Autonomía
limitada
v No es
persona jurídica
¿Cuáles
son las clases de Asamblea que hay?
Ordinarias
o Extraordinarias.
¿Cuál
es el objetivo de la Asamblea General?
¿Quiénes participan en la Asamblea General?
La
totalidad de los socios
Órganos sociales
¿Forma de convocar?
A través del medio establecido en los estatutos, ej: carta personal,
correo electrónico, fax, etc. A falta de estipulación se realizará por medio de
aviso publicado en un diario de circulación en el domicilio social.
¿Facultados para convocar?
Representante Legal, Junta Directiva, Revisor Fiscal, Superintendencia
de Sociedades.
¿Contenido de la convocatoria?
Ø Día, fecha y hora.
Ø Nombre y clase del órgano que convoca.
Ø Sitio: domicilio principal de la sociedad, indicando
dirección.
¿Lugar de las reuniones?
En el domicilio social, con sujeción a lo establecido en las leyes o los
estatutos respecto a la convocatoria.
¿De qué se hacen constar las decisiones en la
Asamblea?
Actas
ASAMBLEAS
DE SOCIOS
Entrevista a: Jonas Rivera
¿Cuál
es el nombre de la institución en la que labora?
Neovita
¿Esta
empresa cuenta con socios?
Sí.
Tiene demasiadas personas,
esta empresa es una cadena
¿Usted
qué papel ocupa en esta empresa?
Soy unos de los socios
¿Qué
clase de sociedad es la empresa?
No lo sé con exactitud
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