Buscar este blog

jueves, 25 de marzo de 2010

DEFINICIONES DE CRIMINALISTICA

A continuación veremos y compararemos algunas definiciones de
Criminalística, que fueron dadas por los diversos autores y mencionaremos por
ejemplo: Díaz de Acevedo: “La Criminalística es el conjunto de
conocimientos técnicos científicos, ajenos a las ciencias médicas,
aplicados a la resolución del proceso penal y civil”.-
 

Oliveros: “Criminalística es la disciplina auxiliar del derecho
penal que se ocupa del descubrimiento y comprobación científica del
delito y del delincuente”.-
 

Del Pichia Filho: “Es el conjunto de conocimientos técnicos
científicos aplicados a la función judiciaria constituidos por los vestigios
materiales de naturaleza no biológica”.- 


González Carrero: “Criminalística es el conjunto de
procedimientos aplicables a la búsqueda y estudio material del delito para
llegar a su prueba”.- 


López Rey Arrojo
: “Criminalística es la disciplina auxiliar del
Derecho Penal y del proceso penal que se ocupa del descubrimiento,
verificación científica del delito y del delincuente”.-


Asociación Criminalística Californiana: “Criminalística es la
profesión y la disciplina científica dirigida el reconocimiento,
identificación y evolución de las evidencias físicas, mediante la aplicación
de las ciencias naturales en el campo de las ciencias legales”.- 


Albarracín y Fortunato: “Criminalística es la aplicación de
recursos, métodos y procedimientos suministrados por las ciencia a las
investigaciones, tendientes a constatar la existencia de los delitos y la
identificación de los autores”.


Zajaczkowski: “Criminalística es la disciplina autónoma que
concurre al auxilio del proceso judicial, utilizando técnicas,
procedimientos y métodos brindados por las ciencias auxiliares, que le
permiten identificar y esclarecer los distintos indicios que conectan a
través de ellos, al autor con el hecho en sí”.- 


Estas definiciones, nos permiten afirmar que la Criminalística es
un puente entre la Policía y la Justicia (de la cual el Perito es auxiliar), o sea
permite el nexo necesario entre la prevención-investigación de un hecho
determinado y la resolución total del proceso penal, el cual por definición
persigue el conocimiento de la verdad real de los hechos.

1 comentario:

Unknown dijo...

Bien por esta información salvó mi trasero con esta tarea.
Gracias !!!