Los montos de las multas son:
Que se haya pagado en la compra o renta de bienes o servicios y que sean estrictamente indispensables para la realización de actividades gravadas, incluso cuando se les aplique la tasa de 0%.
A partir del año de 2014 solo se pueden emitir facturas electrónicas por medio de un impresor autorizado por hacienda (CFDI), sean personas físicas o morales sin distinción.