lunes, junio 04, 2012

Reflexiones de derecho informático Mirando sobre el hombro…(sobre el hombro correcto)

Estimados amigos de la red, les dejo mi columna semanal del Diario Jornada de mi ciudad Trelew / Chubut.-
Mi intención ha sido expresar algunos puntos que considero relevantes respecto al derecho a la intimidad y el encuadre a darse en el caso que se comentara la semana pasada sobre el legislador con presuntos mensajes de soborno.-
saludos
Por Guillermo M. Zamora
Días pasados un diario de tirada nacional, publicó en su portada una noticia que más allá de lo político creo que habría que hacerle un análisis legal.-
Para ser sincero, no se cuanto de derecho informático tiene esto, pero el pensamiento surge de las nuevas implicación que tienen las tecnologías en todos los ámbitos, y como debe manejarse la privacidad y la intimidad en su derredor.-
La noticia puntualmente relataba que un legislador de la Provincia de Buenos Aires, había recibido y enviado mensajes de texto vía celular con otros legisladores donde comentaban que presuntamente se ofrecía el pago de una cantidad de dinero determinada a personas de la oposición o algo parecido.-
No voy a entrar en cuestiones partidarias porque no me corresponde ni me interesa y mucho menos es la función de esta columna, así que cualquier tipo de interpretación en esos sentidos les pido que la olviden, esto es una reflexión jurídica estrictamente.-
Como dijera, quisiera hacer una lectura jurídica del tema y sus interpretaciones, y no me refiero a las interpretaciones que pueden hacerse del texto del mensaje en caso que haya existido, porque todos sabemos que los mensajes de texto no tienen entonación, ni elementos que nos permitan saber la intencionalidad ni el sentido que se les da a los mismos, todos en algún momento hemos interpretado o discutido por mensaje de texto sin saber que nos querían decir del otro lado realmente.-
El punto que me parece interesante analizar o conversar con Uds. es doble, por un lado la intimidad del sujeto, por otro lado el rol que le cabe a un legislador en esta materia, ¿posee un legislador derecho a la intimidad? ¿Esa intimidad es en todos los ámbitos de su vida o sólo en lo que hace a su función pública? ¿El fotógrafo tenía derecho a retratar los mensajes de texto que intercambiaba el legislador? ¿Y si esos mensajes de texto hubieran sido con sus hijos o esposa o parientes de algún tipo? ¿El derecho a la información está por sobre la intimidad o privacidad de un funcionario?-
Entiendo que son demasiadas preguntas y que sus respuestas no sólo no son sencillas sino que son muy discutidas.-
Como primer paso me parece que tenemos que distinguir dos situaciones, el funcionario de la persona, por un lado y una vez hecha esta distinción fijarnos si el celular con el cual se mandaba este tipo de mensajes lo paga el Estado, es decir es oficial o es de su propiedad y la factura a fin de mes la paga de su bolsillo.-
La distinción es de relevancia porque si el celular es el que pagan los contribuyentes con sus impuestos, es decir oficial, podemos considerar que estaba con una herramienta de trabajo en su lugar de trabajo (la legislatura de la Provincia de Buenos Aires) y por ende “trabajando” como el celular es oficial, tiene el deber de responder y mostrar el contenido de su celular, y si en un acto de “descuido” borró el mensaje pues ponerlo a disposición para que se le haga una pericia donde con total seguridad se hubiera podido rescatar los mensajes borrados y eventualmente responder el sentido de los mismos, haciendo un cruzamiento de números de celular, pues se podría determinar quienes eran los propietarios de los números de los otros celulares, establecer si eran particulares u oficiales y listo el pollo pelada la gallina…, creo que estaríamos todos felices o por lo menos satisfechos de la labor cumplida.-
Ahora bien, supongamos que el celular era personal, que, como dijera la factura la paga el legislador de su bolsillo, entonces estamos hablando de mensajes de contenido privado, porque la esfera de intimidad que rodea a ese artefacto está comprendida por un círculo acotado de sujetos.-
Uds. me dirán, es un funcionario público y esta en horarios de trabajo y eso es muy cierto, pero les recuerdo que también es una persona y que tiene derecho a contestar cuestiones íntimas en cualquier momento, ¿y si le avisan que alguien querido ha tenido un accidente? ¿Y si se entera de algo personal que debe responder?, ahora bien, estaba en horario de trabajo, contestando cuestiones que hacen a su trabajo… bueno, también se modifica la perspectiva de todo, porque es indudable que debe investigarse un acto de corrupción.-
No la voy a hacer muy extensa, pero les dejo alguna que otra inquietud, no discuto bajo ningún concepto el derecho a la información que la Constitución Nacional nos garantiza, pero cuando dos derechos fundamentales chocan como en este caso, hay detalles que son importantes y que debemos imperiosamente detenernos a pensar, nosotros y por sobre todo fiscales y jueces.-
Todo lo que le pasa a otro nos puede pasar a nosotros, no nos olvidemos, cuando pretendemos dejar de lado el derecho y estas “menudencias”, estos detalles son importantes en pos de la justicia, porque se corre el riesgo que la misma pierda sentido y pase a ser venganza, vemos que se deja de ser justo para pasar a ser justiciero, se abandona el camino de la ley para tomar el atajo de la mano propia, y en su trayecto podemos encontrarnos con que nos tocan a los nuestros.-
Esta no es una defensa de la persona, si de los derechos de esa y toda otra persona así como una correcta apreciación de las cuestiones, ahora está en manos del poder judicial y sus selectos funcionarios el investigar a que órbita pertenece cada detalle y si es procedente aplicar todo el rigor que la ley permite y como decimos los abogados en el final de cada escrito, no tengan duda que SERÁ JUSTICIA.-

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