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¿Es necesario poner ® después de una marca?Cartas al editor

Escrito por Mark hace más de un año | 23 comentarios

Lulú escribe:

Hola, tengo una pregunta acerca de las marcas registradas. Cuando se hace un documento en el que se menciona una marca registrada varias veces, es necesario poner la R cada vez que se menciona dicha marca?
Gracias de antemano.

No, no se necesita. Es una costumbre estadounidense (innecesaria, a mi parecer). Las empresas lo usan para dejar claro que es una marca registrada, pero si no se pone no pasa nada.

El Trademark™ solo se debe de usar en países en los que se hable inglés, y en EE.UU. significa que ese es el nombre con el cual se comercializa un producto. La Marca registrada® es prácticamente internacional, y se usa para indicar que el producto está registrado o patentado ante las autoridades (más información).

Yo prescindiría de ambos símbolos, porque siempre es Molesto® Leer® Cosas® Así®. Si hay alguna razón legal por la cual se tiene que aclarar que algún nombre es marca registrada, lo mejor es ponerlo como las cláusulas de contrato: hasta abajo y en letra pequeña.

Si les interesa el tema, Vectores Divergente® tiene una excelente guía acerca de "Cómo registrar una marca™" en tres partes: Parte 1 - Parte 2 y Parte 3

Comentarios Escribe un comentario

Escrito por:
Thomas Effe
Agosto 8, 2008 4:48 PM

Excelente blog.

Buen post.

Felicitaciones.

Escrito por:
Hugo Osorio
Agosto 12, 2008 1:11 PM

No había considerado lo molesto que puede ser leer con tanto símbolo, pero tienes razón.

Si tu marca está registrada ya estás amparado, o sea que todos los derechos sobre la marca son tuyos, por lo que no es obligatorio que ocupes los símbolos, se supone que el usar los símbolos es un "beneficio" exclusivo por ley para marcas registradas.

Escrito por:
gabriela gonzalez
Septiembre 15, 2008 1:21 AM

AAAAAMOOOOOOOOOO ESTE BLOG!!!!!!!!! MUCHAS FELICIDADES!

Escrito por:
DGLibre
Octubre 19, 2008 3:23 PM

A mi siempre me ha molestado esa costumbre y también me parece totalmente innecesario poner ® en todas las marcas registradas.

Por cierto, buen blog. Saludos.

Escrito por:
br
Octubre 24, 2008 10:50 AM

Recientemente estuvimos tratando este asunto aca donde trabajo. Y sí es necesario que se ponga la R, pero no en todos lados.
Los documentos que se empleen de manera interna pueden prescindir de la marca de registro, pero ya cuando se utilicen externamente, sí debe llevarlos. Cuestiones legales y para amparar tu marca, por eso es tu marca, "cualquiera" puede tener su logotipo pero ya con esto, como cliente, sabes que es una empresa "seria".

Tambien me resulta molesto estarlo poniendo, pero pues..asi debe ser..para evitar problemas :S

saludos !!

Escrito por:
DOLY
Noviembre 6, 2008 10:53 PM

HOLA QUISIWERA SAVER COMO HAGO PARA INICIAR UN NEGOSIO DE POLOS Y PODER INGRASAR MI MERCADERIA LOGICAMENTE YA TENGO LAS MUESTRAS PERO DONDE VOY PARA SACAR LOS PAPES EL PERMISO SILA ENPRESA ME PIDE GRASIAS ESTOY EEUU

Escrito por:
Erick
Marzo 28, 2009 8:39 PM

Que tal!. Tengo una duda que al parecer no viene aclarada aquí. A ver quién pudiera ayudarme.

Resulta que hice un folleto para promover unos cursos de computación y quiero usar los logos de Microsoft Windows y la suite de Office así como los logos de algunos otros programas. ¿Esto es ilegal?.

También si un día quisiera escribir un pequeño manual ¿tendría que evitar usar los logos dentro del contenido por mera información?

Gracias a todos, amigos!

Escrito por:
nose
Junio 8, 2009 8:40 PM

Como se hace la r esa?

Escrito por:
paula
Enero 19, 2010 8:50 PM

® ai ta que sos boluda

Escrito por:
ROBERTO LINARES CASTRO
Febrero 18, 2010 8:36 AM

EXCELENTISIMO SR. PRESIDENTE CHAVEZ; NO VOY A PEDIR NADA TENGO DE TODO HASTA 8 TITULOS UNIVERSITARIOS,.SOY ALGO MUY APARTE E INTELIGENTE. QUIOERO HACERLE UN FAVOR.--ENTREGARLE LA FORMULA PARA GANAR LA EMPEZÒ A. EINSTEIN Y YO LA CONCLUÌ; SE TRATA DE ADORMECER HABLANDO EN EL MITIN LA AMIGDALA CEREBELOSA EN ALFA Y EL CENTRO CORTICAL CON EL COSMOS EN GAMMA( LE ENSEÑO) Y LLEGADO EL MOMENTO VOTAN LO CONTRARIO A LO QUE PENMSABAN POR QUE RECUERDAN INVOLUNTARIAMENTE Y VIENE A LA MENTE LO DICHO POR SU SEÑORÌA..LO HAGO POR QUE LO APRECIO MUCHISIMO Y LO ADMIRO UNA ENORMIDAD...LE ENVIO EL MÁS CÁLIDO TESTIMONIO,.-EXCELSO,.-MAGNO,.-SOLUBLE,.-MAGISTRAL,.-ÈPICO,.-SUBYUGANTE,.-SUBLIMINAL Y CON TODO RESPETO SUYO AFFFMO. S SUS ÒRDENES...FIRME..!! ROBERTO LINARES CASTRO,.EMAIL email.--- robertolinaresbao@hotmail.es VIVA CHAVEZ...!!!

Escrito por:
Nadja
Agosto 14, 2010 8:42 AM

Buenas creo que siempre tiene que llevar ese simbolo sobre todo cuando lo presentas a personas importantes como productores y etc ya que asi saben que no pueden copiarse porque eso significaria que le puedes realizar un juicio y de este modo tu proyecto esta totalmente protegido hasta que lo puedas cumplir...
Éxitos a todos, espero que les sirva la info...
Nadja

Escrito por:
adilene
Agosto 30, 2010 12:24 PM

ChIdO ReSuLtAdO gRaXiAs PoR aPoYArNoS En lA TaReA

bUeN ReSuLtAdO

gRaXiAs


BiE


AiOs

Escrito por:
Erick
Julio 17, 2011 9:37 PM

Lamento decirles que se equivocan, la verdad sì es importante ostentar el ® ya que contrario a lo que mencionan de que "no pasa nada", la realidad es que una vez que tienes tu marca registrada ahora viene algo igual de importante que es acreditar el uso de esa marca. Esto porque alguien más te puede demandar argumentando que no usas tu marca, y por tanto pedir la CADUCIDAD del registro. Entonces por ejemplo si en tus facturas vas a poner tu marca o el logo, definitivamente ponles la ®

Escrito por:
Luis Fernando Rodríguez
Enero 26, 2015 4:06 PM

Buen día:

Antes que nada te comento que se encuentran en una errónea apreciación las legislaciones en todo el mundo exigen dicha identificación como medio por el que se da a CONOCER al publico que dicha marca esta registrada.

Caso contrario estarían en violación de la ley y como bien comenta Erick, sujeto no solo a la cancelación por falta de uso debido (caducidad) sino incapaces de realizar acciones o sanciones contra imitadores.

REPITO "NO ES OPCIONAL" y TENERLA SOLO EN FACTURA no es suficiente debe ser identificada en cada instancia posible no solo productos (publicidad, presentación).

Saludos

Escrito por:
samuel
Febrero 20, 2015 12:36 PM

buen dia. yo acabo de recibir el certificado de registro de mi marca mixta. yo soy el que elijo que posicion, color, y tamaño coloco la "R", o hay estandares para ello.saludos.gracias

Escrito por:
Luis Fernando Rodríguez
Marzo 19, 2015 3:28 PM

Samuel, tu puedes elegir pero debe ser visible;

Espero te sirva saludos.

Escrito por:
Henry Comerciante
Abril 27, 2015 6:06 PM

Hola tengo una Marca, en Mexico registrada en el IMPI, pero encontra una marca en Estados Unidos con el mismo nombre pero de differente rubro de servicio pero esta es una cadena comercial grande en este pais.
Mi pregunta es si puedo tener algun problema por tener el mismo nombre en algun momento, o si alguna ves me presento con mi producto en ete pais.

Saludos y Gracias!!

Escrito por:
miguel
Junio 13, 2015 12:05 PM

Hola, tengo una consulta: qué pasaría si coloco mi marca (sello o logotipo) a un producto terminado y listo para vender? , si previamente he llegado a un trato con mi proveedor de dicho producto.

Escrito por:
César
Octubre 8, 2015 2:19 PM

Ok, pero bajo que argumentan esto? De qué fuente institucional aseguran que se puede poner o no se puede poner "R" en la marca nominativa o innominada? Para poner la "R" existe alguna NOM?

Escrito por:
IVAN
Febrero 8, 2016 12:01 PM

Está incorrecto este artículo, al menos para México, si bien no es obligatorio hacer uso de los símbolos MR o ® (la ley no te obliga), es muy importante y altamente recomendable que se señale alguno de dichos símbolos para efectos de informar de que su signo distintivo es una marca registrada y prevenir así a los posibles infractores y falsificadores (es vital para iniciar algún proceso legal en contra de un infractor).

La siguiente normatividad sirve de apoyo a lo anterior:


LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Artículo 131.- La ostentación de la leyenda "marca registrada", las siglas "M.R." o el símbolo ®, sólo podrá realizarse en el caso de los productos o servicios para los cuales dicha marca se encuentre registrada.


Artículo 220. Para la determinación de las sanciones deberá tomarse en cuenta:

I. El carácter intencional de la acción u omisión constitutiva de la infracción;
II. Las condiciones económicas del infractor, y
III. La gravedad que la infracción implique en relación con el comercio de productos o la prestación de servicios, así como el perjuicio ocasionado a los directamente afectados.

Cuando la acción u omisión constitutiva de infracción se haya realizado a sabiendas, se impondrá multa por el importe del doble de la multa impuesta a la conducta infractora.

Se entenderá que la acción u omisión se realizó a sabiendas, cuando el infractor conocía la existencia de los derechos del titular, a través de las leyendas a que se refieren los artículos 26, 131 y 229 de la Ley de la Propiedad Industrial y 17 de la Ley Federal del Derecho de Autor, de la Gaceta de la Propiedad Industrial, incluyendo las publicaciones en diarios de circulación nacional y las notificaciones con acuse de recibo.


Artículo 229.- Para el ejercicio de las acciones civiles y penales derivadas de la violación de un derecho de propiedad industrial así como para la adopción de las medidas previstas en el artículo 199 Bis de esta Ley, será necesario que el titular del derecho haya aplicado a los productos, envases o embalajes de productos amparados por un derecho de propiedad industrial las indicaciones y leyendas a que se refieren los artículos 26 y 131 de esta Ley, o por algún otro medio haber manifestado o hecho del conocimiento público que los productos o servicios se encuentran protegidos por un derecho de propiedad industrial.

Este requisito no será exigible en los casos de infracciones administrativas que no impliquen una violación a un derecho de propiedad industrial.

Escrito por:
Rubén
Junio 6, 2016 10:03 PM

Hola que tal. Tengo unas dudas sobre una marca mixta nueva.

Ahora sé que la R puede ir en donde sea pero como mi marca es mixta no sé si deba llevarlo solo en la parte nominada o en la innominada o en ambas partes.

Y la otra duda es si en ocasiones puedo separar y solo poner la parte innominada (El puro logo sin el texto).

Agradecería mucho su ayuda. Saludos.

Escrito por:
Elsa
Junio 19, 2016 8:16 AM

Yo me dedico al deporte, soy entrenadora de Spinning y TRX y ambas son marcas registradas, para mi en realidad si es importante llegar a poner ®, ya que existen muchos seudo onstructores que obvio no estan preparados y se ponen a dar sus clases, no dandose cuenta del riesgo que implica tener la responibilidad de la salud o cuerpo de una persona. Sólo en este caso si me gusta hacer mención de la marca registrada para dar valor a mi trabajo. Claro no cualquier individuo que este Certificado ante estas marcas esta garantizado que sea profesional en su trabajo.

Escrito por:
Anónimo
Agosto 15, 2016 9:31 AM

Muy bueno gracias #Venezuela®

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