martes, 19 de febrero de 2008

Derechos lingüísticos y lenguas nacionales

El próximo día 21 se celebra el Día Internacional de la Lengua Materna que fue instaurado el 21 de febrero de 1999 por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco). Con esta conmemoración se hace énfasis en la lucha para rescatar las lenguas amenazadas o a punto de desaparecer, que son cientos en todo el mundo y que constituyen parte del patrimonio intangible de la humanidad. De igual manera, el Día Internacional de la Lengua Materna nos obliga a reflexionar en los derechos lingüísticos y la situación actual de las lenguas nacionales en México.

Una lengua materna es la primera que adquiere una persona hasta los doce años. Más allá de esta edad, otra lengua adquirida será una segunda lengua. En algunos pueblos se pueden adquirir al mismo tiempo dos lenguas maternas.

Debemos recordar que una política lingüística, de acuerdo con Beatriz Garza Cuarón, es el conjunto de acciones o actividades del Estado o del gobierno en relación con las lenguas habladas en su territorio, así como la de los ciudadanos o de un grupo social encaminadas a modificar la situación de los hablantes de las lenguas pertenecientes a un estado. Cualquier política lingüística queda inmersa o expresa un proyecto de nación, un concepto del desarrollo social, una visión del futuro colectivo, un concepto de “nación”.

Toda política lingüística se vincula, indudablemente, con los derechos lingüísticos de un pueblo, que hoy forman parte de los derechos humanos y que cuando son reconocidos formalmente constituyen un hito para el respeto a la diversidad cultural.

En México, el Ejecutivo federal ante la presión de los grupos indígenas organizados, de la sociedad civil y la opinión pública internacional expidió el 10 de marzo de 2003 la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas (LGDLPI) que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo del mismo año, entrando en vigor al siguiente día.

Igual que en casos similares esta Ley ha pasado inadvertida para la sociedad e incluso para algunas autoridades estatales y locales y ya no se diga para ciertas instituciones académicas vinculadas a los indígenas. En algunos de sus aspectos ha sido fuertemente cuestionada al considerarse con falta de viabilidad y más con un contenido idealista que con una materia en posibilidad de cumplirse.

El objeto de esta Ley es “regular el reconocimiento y protección de los derechos lingüísticos, individuales y colectivos de los pueblos y comunidades indígenas, así como la promoción del uso y desarrollo de las lenguas indígenas” (artículo 1°).

En su artículo 3° está Ley aporta un aspecto muy importante: “Las lenguas indígenas son parte integrante del patrimonio cultural y lingüístico nacional. La pluralidad de lenguas indígenas es una de las principales expresiones de la composición pluricultural de la nación mexicana”.

Un tópico cuestionado es el asentado en el artículo 4° en cuanto al gran número de lenguas nacionales que a partir de esta Ley así se tienen que considerar. Tiene que anotarse que la lengua oficial seguirá siendo y es el español: “Las lenguas indígenas que se reconozcan en términos de la presente ley y el español son lenguas nacionales por su origen histórico y tienen la misma validez en su territorio, localización y contexto en que se hablen”.

Otro aspecto cuestionado es el precepto del inciso XIII del artículo 13 que mandata como una de las actividades del Estado en sus distintos órdenes de gobierno “Establecer políticas, acciones y vías para proteger y reservar el uso de las lenguas y culturas nacionales de los migrantes indígenas en el territorio nacional y en el extranjero”.

En su artículo 14 esta Ley dispone la creación del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas cuyo objeto es promover el fortalecimiento, preservación y desarrollo de las lenguas indígenas. Creemos que esta Ley constituye un avance en el largo camino que los pueblos indígenas han tenido que transitar para que se reconozcan sus derechos.

Precisamente, uno de los primeros y relevantes productos del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas es el Catálogo de las Lenguas Indígenas Nacionales: Variantes Lingüísticas de México con sus Autodenominaciones y Referencias Geoestadísticas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado lunes 14 de enero de este año y que constituye un documento digno de análisis y estudio en las instituciones académicas vinculadas de una manera u otra a la educación y a las lenguas de los pueblos indígenas y de acuerdo al cual se registran 11 familias lingüísticas con 68 agrupaciones de lenguas y 364 variantes lingüísticas.

El Catálogo de referencia tiene como propósitos: a) Dar a conocer cuales son las lenguas indígenas habladas en nuestro país para su reconocimiento como lenguas nacionales por la LGDLPI; b) Contribuir a hacer más eficiente la atención gubernamental dirigida a la población hablante de lengua indígena y c) Colaborar para que la población hablante de lengua indígena cuente con un mejor acceso a los derechos lingüísticos que le reconoce el Estado.

De las múltiples consideraciones que señala el documento que fueron tomados en cuenta resaltan tres:
“Que mediante el mismo decreto en el que se promulgó la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, se reformó la fracción IV del artículo 7° de la Ley General de Educación, con el fin de establecer que la educación escolar debe promover el conocimiento de la pluralidad lingüística de la Nación y el respeto a los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas, y que los hablantes de lenguas indígenas deben tener acceso a la educación obligatoria en su propia lengua y español.

“Que no obstante que diversas dependencias y entidades del sector público e instituciones privadas han generado y difundido, mediante diversas publicaciones, conocimientos sobre la catalogación de lenguas indígenas de México, no ha existido para estos casos el reconocimiento legal para que las lenguas catalogadas en dichas obras tengan el carácter de Lenguas Nacionales con la misma validez que el español en sus territorios, localización y contexto en que se hablen.

“Que la información contenida en el presente Catálogo será útil para el diseño, aplicación, desarrollo y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la población hablante de lengua indígena, en particular para las acciones que el gobierno emprenda haciendo uso de las lenguas indígenas respectivas y para que los tres órdenes de gobierno adecuen las referencias a las lenguas indígenas nacionales de conformidad con la catalogación aquí establecida y cuenten así con una nueva plataforma conceptual e informativa que les permita cumplir de mejor manera con las obligaciones que en esta materia les impone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y los demás ordenamientos relacionados con derechos lingüísticos.”

De acuerdo al mismo documento la familia lingüística se define “como un conjunto de lenguas cuyas semejanzas en sus estructuras lingüísticas y léxicas se deben a un origen histórico común”. Por su parte, la categoría agrupación lingüística se define en los términos de este Catálogo “como el conjunto de variantes lingüísticas comprendidas bajo el nombre dado tradicionalmente a un pueblo indígena” mientras que la variante lingüística “es la categoría que alcanza el mayor grado de detalle de los niveles de catalogación aplicados en este trabajo y se define como una forma de habla que: a) Presenta diferencias estructurales y léxicas en comparación con otras variantes de la misma agrupación lingüística; y b) Implica para sus usuarios una identidad sociolingüística que contrasta con la identidad sociolingüística de los usuarios de otras variantes”.

Resulta imprescindible mencionar lo que el Catálogo registra acerca de un concepto con el cual todos estamos familiarizados: “La categoría LENGUA –O IDIOMA-, intermedia en términos de inclusión entre AGRUPACION LINGÜISTICA y VARIANTE LINGÜISTICA, se define como un sistema de comunicación socializado mediante el cual dos o más individuos que se identifican como o con miembros de una comunidad lingüística pueden codificar y descodificar, en un plano de mutua inteligibilidad, los mensajes orales o escritos que llegasen a intercambiar. Para la aplicación de esta categoría en el presente Catálogo, las variantes lingüísticas deben ser tratadas como lenguas.”

La aparición del Catálogo y del reconocimiento de las 364 lenguas indígenas que deben ser aceptadas como lenguas nacionales de acuerdo a la LGDLPI no es cualquier cosa, sino que marca un hito en la política lingüística del Estado mexicano que debe ser ampliamente analizado en sus alcances dentro del respeto a la diversidad cultural y la educación intercultural. También implica una revisión de la política lingüística en sí misma a lo largo de la existencia de nuestro país.

Para finalizar, en homenaje a una lengua materna de nuestra entidad veracruzana, el náhuatl en su variante de la huasteca veracruzana, presentamos en otro espacio de este blog dos poemas de Juan Hernández Ramírez, originario de Colatlán, municipio de Ixhuatlán de Madero, a quien reconocemos como un gran poeta, y que entrevistamos en 2007 (consultar en Artículos de este blog Las lenguas maternas y Juan Hernández Ramírez, 18.02.07).








3 comentarios:

Anónimo dijo...

Maestro Eduardo Pérez Roque:


Después de haber leído detenidamente su artículo relativo al Dia Mundial de la Lengua Madre, me permito expresar a usted que:

Es de grata satisfacción reivindicar, por medio de su artículo, las raíces a los que de una u otra manera pertenecemos, ya que en él nos hace ver la importancia que tienen las lenguas maternas dentro de nuestro desarrollo sociocultural, así como de qué manera podemos rescatarlas y preservarlas, inicialmente, por medio de la educación formal y llevarla de la mano con la educación informal.

Me parece interesante la atención que se le ha prestado en los últimos años al caso, sin embargo como usted menciona, creo que se deberían de crear políticas publicas en las cuales, de manera contundente se establezcan medidas para preservar y difundir los inicios de nuestra comunicación oral.

Por otra parte, creo que para lograr dichos objetivos, también es necesario que los pueblos indígenas, poseedores de la mayoría de las 364 lenguas maternas del país, cambien de mentalidad, debido a que muchas veces se conforman con el poco beneficio o ayuda que les otorga el gobierno y no exigen un trato justo y lo necesario para el desarrollo de las comunidades a las que pertenecen. Por lo tanto, pienso que es un trabajo en conjunto, y no solo se trata de pedir, sino también que puedo aportar como pueblo indígena poseedor de una lengua materna.

Maestro, no me queda más que agradecerle, pues debido a sus artículos he adquirido y enriquecido mis conocimientos, no solo de un tema sino de una gama de variados temas que son de gran utilidad para el desarrollo individual y colectivo de mi persona.

Anónimo dijo...

Estimado señor Chamlati:


Agradezco su comentario y me permito disentir de usted a la necesidad del cambio de mentalidad de los pueblos indígenas. Creo que el conformismo de su parte al que usted se refiere se trata de la expresión de la pobreza, discriminación y exclusión social de la que han sido objeto por siglos. Cuando se les ha dado los elementos necesarios para su desarrollo lo han logrado, pues su capacidad de autoorganización y autogestión es mucha; de ellos nos hablan las actuales organizaciones de pueblos indígenas que venciendo obstáculos muchas veces oficiales y de un sector de la izquierda que dice apoyarlos, han logrado pasar a mejores niveles de vida.

Anónimo dijo...

Mtro. Eduardo:

Antes que nada le envío un saludo. posteriormente agrego mi respetuosa opinión acerca del tema de los Derechos Lingüísticos y Lenguas Nacionales:

Creo que ya es necesario hacer un estudio real sobre lo que queda de nuestras raíces, ya que estamos a tiempo de rescatarlas para no tenerlas solo como parte de la historia y pasado.

Me parece de gran avance el rescate que se está dando al tema indígena y a la aplicación de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas con el Cátalago mencionado, pues desde la creación del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas no se había tenido un proyecto tan significativo como éste.

Espero que con esta misma tónica y con el apoyo de la ciudadanía se creen mejores beneficios para nuestros pueblos indígenas.

También, estoy enterado del trabajo que la Académia Veracruzana de Lenguas Indígenas realiza, ojala el producto que obtiene sea difundido, pues estoy convencido que el trabajo realizado es de gran aportación.