Preguntas más
Frecuentes

¿QUE CUBRE EL CONTRATO DE PROTECCION médico LEGAL?

Asesoría ante cualquier situación que proyecte una dificultad con el paciente.
Asesoría legal ante los problemas que enfrente el médico en su desempeño profesional.
Asesoría legal ante las diversas autoridades judiciales y/o administrativas.
Representación jurídica ante las autoridades judiciales y administrativas.
Patrocinio en los procedimientos legales.
Pago de las cantidades que la autoridad fije en sentencia definitiva.
Asesoría y defensa legal por abogados especialistas en la materia.
Pago de fianzas Y peritajes inherentes al procedimiento.

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¿QUE NO CUBRE EL CONTRATO DE PROTECCION médico LEGAL?

Las responsabilidades derivadas de los delitos dolosos.
Los embargos precautorios.
Arreglos o convenios extrajudiciales.
Pago de multas.
Hechos y actos ocasionados ntencionalmente por el médico.
Hechos ocurridos con anterioridad a la contratación.
Tratamientos y operaciones fraudulentas.

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MOTIVOS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO

No acreditarse con la cedula correspondiente como médico o como especialista.
Ocultamiento de datos, documentos, información.
Intervención de terceras personas en los casos.
Falta de pago del contrato.
Insistencia a las citas de autoridad o con el abogado.
No contar con el Expediente Clinico, de acuerdo a las Normas Oficiales aplicables.

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¿QUE ES EL PATROCINIO DEL médico EN LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES?

Que nuestros abogados representen ante la autoridad judicial al médico, es decir, se les nombre como abogado patrono dentro del procedimiento y estos sean los únicos encargados de llevarlo a cabo, así como también el pago de los gastos judiciales que se conlleven (peritajes)

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¿QUE ES UN PERITAJE, PORQUE SE OCUPA, QUIEN LO REALIZA?

El peritaje es un dato científico de una materia comprobado, en los médicos es necesario ya que cuando se presenta un problemas no solo el expediente es suficiente, sino que este deberá ser evaluado por peritos para que determinen si la actuación del médico fue apegado a la ciencia, es importante porque esto auxilia al administrador de la justicia, ya que estos son abogados y no conocen de medicina por lo que teniendo los datos del perito se ayudara para dar una sentencia o determinación. Todos los asuntos de responsabilidades médicas deben de tener un peritaje. En materia penal el ministerio público lo realiza a través del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses. En materia civil el demandado deberá ofrecerlo a través de los listados de peritos oficiales En materia administrativa los peritajes son dados a través de la Camejal por los colegios de las diferentes especialidades.

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¿QUE ES LA CAMEJAL?

Comisión de Arbitraje médico de Jalisco.
Aquí se ventilan los conflictos entre médicos particulares y pacientes. Hay dos instancias, la conciliatoria, en donde se trata de llegar a un acuerdo entre el médico y el paciente, en esta audiencia nuestro abogado asesorara al médico pero no tiene ni voz ni voto, por prohibición expresa del reglamento de la camejal. De no llegarse a un acuerdo las partes dejan a salvo sus derechos, es decir, el paciente podrá si cree que le asiste la razón demandar ante los tribunales judiciales o someterse al arbitraje de la Camejal, que es la segunda etapa.

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¿EN QUE CONSISTE EL ARBITRAJE médico?

Para que se lleve a cabo el arbitraje es necesario un acuerdo de opiniones entre el médico y el paciente para someterse a este. La empresa representara y asesorara al médico, es un juicio en donde se ofrecerán pruebas y desahogaran, dictándose un laudo que hace las veces de sentencia.

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¿QUE ES LA CONAMED?

Es la comisión de arbitraje médico donde se ventilan los conflictos entre los médicos del sector publico y los pacientes receptores del servicio.

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¿EL CONTRATO CUBRE QUE EL DOCTOR DEMANDE AL PACIENTE UNA VEZ COMPROBADO QUE NO EXISTIO RESPONSABILIDAD POR PARTE DEL médico?

El abogado asesorara al médico para que demande en la vía civil por daños y perjuicios o en la vía penal y los demás delitos relativos, el médico no tendrá obligación de contratar al abogado de la empresa pero en caso de hacerlo este solo será su representante jurídico que como pago a sus honorarios serán los ganados en los gastos y costas que se demanden. Los gastos del juicio serán a cargo del médico.

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¿AUN CUANDO HAY RESPONSABILIDAD POR PARTE DEL médico LA EMPRESA LO CUBRE?

Sí, siempre y cuando esta no sea derivada de un acto doloso o intencional y no se encuentre una de las causales de la rescisión contractual.

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¿CUALES SON LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS EN QUE UN CASO médico LEGAL PUEDE VENTILARSE?

La comisión de arbitraje médico de Jalisco.
La CONAMED.
La Secretaria de Salud.
Las contralorías internas de las instituciones publicas de salud.

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EJEMPLOS DE PROBLEMAS ADMINISTRATIVOS EN LAS DIVERSAS AUTORIDADES

La secretaria de Salud.- Es la encargada entre otras funciones de vigilar el cumplimiento de los ordenamientos de salubridad, que se cuenten con los permisos necesarios dentro de los establecimientos donde se prestan servicios médicos por lo que tiene autoridad para realizar visitas a los consultorios y en caso de encontrar anomalías sancionar al encargado imponiendo multas.
Las contralorías internas.- En El IMSS Y el ISSSTE cuando un paciente tiene una queja contra el médico esta se tramita ante los órganos internos de inspección y vigilancia los cuales abren un procedimientos a fin de resolver si el médico incurrió en algún tipo de responsabilidad para con el paciente, el resultado de este procedimiento por lo general es la rescisión del contrato colectivo de trabajo con el médico, sin que se le indemnice laboralmente.

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¿QUE HACER ANTE UN PROBLEMA LEGAL?

No perder la calma.

Comunicarse a nuestras oficinas con numero directos 0133.3342-2076 y 0133. 33423976 y 01800-0873536. Explique los hechos, proporcione su número de contrato (este se encuentra en su tarjeta personal y ahí mismo encontrará los números telefónicos de nuestras oficinas en la República Mexicana) e inmediatamente se le comunicara con un Asesor Legal quien le atenderá en forma personal y le dará las indicaciones pertinentes de la manera más discreta.

NO FIRME documento alguno y NO llegue a acuerdo alguno, sin antes CONSULTARNOS.

NO DISCUTA ni llegue a acuerdo alguno con abogados de la parte contraría esto puede traer problemas mas graves. Recuerde que en México las leyes se rigen en forma escrita y NO VERBAL, no se puede actuar legalmente hasta que sea CITADO CONFORME A DERECHO.

Si requiere de información adicional favor de comunicarse a nuestro Departamento Legal a través de nuestros teléfonos.