Contrato de confidencialidad que celebran por una parte
la empresa Representaciones Industriales Rodríguez, S.A. de C.V., en lo
sucesivo denominada "RIRSA" o la empresa Manómetros y
Válvulas Industriales, S.A. de C.V., en lo sucesivo denominada "MYVISA"; y por otra parte el Cliente o
el Proveedor a quien se lo sucesivo se le dominará "USUARIO" al tenor
de las siguientes declaraciones y cláusulas:
DECLARACIONES
Primera. "RIRSA" y "MYVISA" declaran ser empresas
legalmente constituidas, con domicilio en la calle de Churubusco 900 Nte.
Col. Villas de la Linda Vista, en Monterrey, N. L., cuyo objeto social
entre otros es la comercialización de Baleros, Bujes, Chumaceras, Retenes
Milimétricos y de Pulgadas en "RIRSA"; Manómetros, Válvulas y
Fusibles en "MYVISA". Todo lo anterior según consta en la
escritura notarial que protocoliza su constitución.
Segunda. El "USUARIO" declara ser una
empresa legalmente constituida, con domicilio y datos declarados en el
formato de registro.
Tercera. Con el objeto de agilizar los trámites
de adquisiciones que efectúa el "USUARIO", con la empresa "RIRSA"
o "MYVISA", se
le dará acceso a la información de business to business propiedad de "RIRSA"
y de "MYVISA" por medio de una cuenta de usuario y
contraseña conforme a la "Solicitud de
Registro", que se agrega debidamente llenada, misma que será usada única y
exclusivamente para ese objeto específico. Cuarta.
El "USUARIO" acepta y reconoce que la información, datos,
especificaciones y en general todos los aspectos relacionados con el
comercio electrónico con las empresas de "RIRSA" y
de "MYVISA" son propiedad de esta y
que en tal virtud, la divulgación de cualquier información a la que
tendrán acceso, afectaría gravemente a "RIRSA" o a "MYVISA" y como consecuencia
se le causarían daños y perjuicios cuantiosos, por lo cual ambas partes
suscriben el presenta contrato de confidencialidad, sujeto al cumplimiento
de las cláusulas indicadas adelante. CLAUSULAS
Primera. El "USUARIO" se compromete y obliga a no
divulgar, ni revelar en forma alguna: datos, información especificaciones,
técnicas, secretos, métodos, sistemas y en general cualquier mecanismo al
cual tendrá acceso, apercibido de cubrir a "RIRSA" o a "MYVISA"
los daños y
perjuicios que le causaren en virtud de la violación de cualquiera de las
obligaciones contraidas, independientemente de las acciones legales que se
generen con motivo de dicho incumplimiento. Segunda.
El acceso a la información se dará mediante una clave que será asignada
para ese efecto, pero se conviene expresamente que "RIRSA"
o "MYVISA" tendrá
en todo momento la facultad y el derecho de retirar el acceso a la
información, unilateralmente y sin necesidad de previo aviso, subsistiendo
aún en ese caso la obligación de confidencialidad a que se refiere la
cláusula anterior. Tercera. Toda la
información contenida, la que en forma expresa o tácita, directa o
indirecta sea recibida en virtud del acceso que se da a la misma, se
constituye como un secreto industrial de "RIRSA" y "MYVISA" en los términos
del artículo 82 de la Ley de Fomento y Protección de la Propiedad
Industrial y por lo tanto estarán sujetos a los previsto por los
numerales: 83, 84, 85, 86 y demás relativos de dicho ordenamiento legal,
por lo que obviamente su revelación por cualquier medio, parcial o total
caerá en lo previsto por las fracciones XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XXII,
XXIII y/o XXIV del artículo 223 de la multicitada ley, generándose como ya
se adelantó, el derecho de la afectada de reclamar los daños y perjuicios
que por ese motivo se le causen, independientemente de las implicaciones
jurídicas en que se compromete el violador. Cuarta.
El presente contrato se suscribe por tiempo indefinido, pero "RIRSA"
o "MYVISA"
tendrán la prerrogativa y el derecho de darlo por terminado en forma
unilateral, en cualquier momento, sin necesidad de aviso previo, sin que
por ello se extingan las obligaciones de confidencialidad de la
información a la que se tuvo acceso. Quinta.
Las claves de acceso que se le asignen, serán consideradas como su
"Firma Autógrafa" y equivale a la firma de un documento.
Sexta. Las partes convienen en sujetarse a las disposiciones del
derecho positivo mexicano, que resulten aplicables al caso, y para la
interpretación y cumplimiento del presente contrato se someten
expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la
Ciudad de Monterrey, Nuevo León, México.
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