Licitación ID: 2585-119-L115
ORD.255 HIDROLAVADORA-ASPIRADORA-LOGISTICA-DIDECO-IMA-jbv
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE ARICA, FINANZAS IMA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 51
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Aspiradoras 1 Unidad
Cod: 47121602
ASPIRADORA PORTATIL PARA VEHICULO, SIMILAR O SUPERIOR.SEGÚN ANEXO 2  

2
Lavadoras o secadoras para lavandería combinadas 1 Unidad
Cod: 47111501
HIDROLAVADORA DE 1600 WATTS, CAUDAL 7.1 LT-MIN.PRESION 105 BAR Y TENSION 220:V, Similar o Superior. Segun Anexo 2.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ORD.255 HIDROLAVADORA-ASPIRADORA-LOGISTICA-DIDECO-IMA-jbv
Estado:
Adjudicada
Descripción:
ORD.255 HIDROLAVADORA-ASPIRADORA-LOGISTICA-DIDECO-IMA-jbv
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE ARICA
Unidad de compra:
FINANZAS IMA
R.U.T.:
69.010.100-9
Dirección:
AV. RENATO ROCCA 1585
Comuna:
Arica
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-03-2015 16:34:00
Fecha de Publicación: 06-03-2015 20:11:50
Fecha inicio de preguntas: 06-03-2015 20:31:00
Fecha final de preguntas: 09-03-2015 16:32:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-03-2015 16:33:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-03-2015 16:35:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-03-2015 16:35:00
Fecha de Adjudicación: 26-06-2015 15:05:18
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- No podrán participar aquellos oferentes que hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la fecha del respectivo proceso. No podrán participar aquellos oferentes a los cuales les afecten las causales señaladas en el inciso 1° artículo 4° de la Ley 19.886 de 2003
2.- Ser persona Natural o Jurídica que emita facturas (Contribuyente de 1º Categoría)
Documentos Técnicos
1.- El Oferente deberá subir al Portal OBLIGATORIAMIENTE los anexos 1-2 y 3 Plazo de entrega y Garantia; Cumplimiento de Especificaciones tecnicas y Declaración Jurada Simple.
 
Documentos Económicos
1.- La oferta económica deberá ser ingresada en la plataforma electrónica de Mercado público, bajo la modalidad de SUMA ALZADA, flete incluido, en pesos moneda corriente nacional, en VALORES NETOS sin incluir impuesto, de manera tal que, por el precio ofrecido considerará cada uno de los bienes o servicios individualizados en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y documentos anexos. En caso que el oferente sea usuario de zona franca, deberá adjuntar documento que lo acredite. En caso contrario podrá enviarlo a través del foro.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 cumplimiento de especificaciones tecnicas Se evaluará de acuerdo a lo indicado en el Anexo Nro.2 "Cumplimiento de especificaciones técnica" y lo estipulado en las bases de licitación criterio Nº17 SOBRE LA METODOLOGIA DE EVALUACION 35%
2 cumplimientos de los requisitos formales Se evaluará de acuerdo a lo indicado en la base de licitación criterio Nº17, SOBRE LA METODOLOGIA DE EVALUACION 5%
3 Precio Se evaluará de acuerdo a lo ingresado en el formulario electrónico y según lo indicado en la base de licitación criterio Nº17 SOBRE LA METODOLOGIA DE EVALUACION. 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUSTO MUNICIPAL 2015
Contrato con Renovación: NO
Observaciones FLETE E IMPUESTO INCLUIDO.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: BENEDICTO COLINA A.
e-mail de responsable de pago: becolina@muniarica.cl
Nombre de responsable de contrato: EVA MATURANA G.
e-mail de responsable de contrato: eva.maturana@muniarica.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-58-2206262-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
De acuerdo al Capítulo VIII Contrato de suministro y servicio, párrafo 4 Cesión y subcontratación, Artículo 76º. Subcontratación del reglamento de Ley Nº 19.886 sobre compras Públicas.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
.
-

1.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

En el momento en que el proveedor oferta esta adquisición, acepta todas las condiciones (plazo de entrega, pacto de integridad, flete, garantías, etc.) estipuladas en las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Económicas y los Anexos de la presente Licitación Pública.

2.- CONSULTAS Y RESPUESTAS

Las consultas respecto a la Licitación, se deberán hacer solamente a través del Portal de Mercado público, desde la fecha de publicación de las bases hasta la hora del día señalado en el punto N°3 “Etapas y Plazos”. Las consultas deberán ser planteadas en forma concreta y precisa, y deben ser pertinentes al proceso de licitación. Las respuestas a las consultas se publicarán en el portal Mercado público en la fecha señalada en el punto N°3 “Etapas y Plazos”. Las respuestas ingresadas a través del foro de la plataforma electrónica se entenderán parte de las presentes bases administrativas.

3.- ACLARACIÓN DE BASES

Los oferentes podrán formular preguntas solicitando aclaraciones de las bases referidas a puntos dudosos o contradictorios de carácter técnico de la licitación, en el periodo señalado en el punto Nº3 “Etapas y Plazos” .La Municipalidad dará respuesta en el plazo indicado en el punto Nº 3 “Etapas y Plazos”, aplicándose en todo lo demás lo establecido en el artículo 27 en el Decreto Nº 250 de 2004 y sus modificaciones.

4.- MODIFICACIÓN A LAS BASES

La Ilustre Municipalidad de Arica podrá modificar las bases, sus anexos y documentos que integran sus anexos a través de acto administrativo, ya sea por razones técnicas debidamente fundadas sin afectar el fondo de la licitación o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de publicación de la Propuesta y hasta el cierre de recepción de ofertas. Para estos efectos la Municipalidad otorgará un plazo máximo de 3 días para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos en sujeción al Principio de Igualdad entre los proponentes. Las modificaciones que se lleven a cabo, formaran parte integral de las bases administrativas y serán aprobadas a través de decreto por la autoridad correspondiente, Una vez aprobada las modificaciones, por la autoridad correspondiente, estas serán informadas a través del sitio Web www.mercadopúblico.cl a todos los oferentes.

5.- REQUERIMIENTOS TÉCNICOS

Las especificaciones técnicas de los bienes que oferta deben ser similares o de mejor calidad de lo indicado en el Anexo N° 2.

6.- RESPONSABILIDAD TÉCNICA DE LA LICITACIÓN

El funcionario responsable del seguimiento, supervisión y cumplimiento técnico de las bases administrativas y requerimientos técnicos de la licitación será la SRA. EVA MATURANA GAMERO, DIRECTORA -S DIDECO.  email:  eva.maturana@muniarica.cl



7.- PLAZOS

Todos los plazos que se indican en las presentes bases son de días hábiles, salvo aquellos referidos a las fechas determinadas en el punto N°3 "Etapas y Plazos" y aquellos donde expresamente se señale que son de días corridos. Respecto de esto último, los plazos que venzan en día sábado, domingo o festivo, se entenderán automáticamente prorrogados al día hábil siguiente

8.- DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS

Las ofertas tendrán una vigencia de 120 días corridos, a contar del acto de apertura de las ofertas. El sólo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante todo el proceso licitatorio, sin necesidad expresa al respecto.

9.- DE LA PRORROGA DE OFERTA

Una vez vencido el plazo de vigencia de las ofertas y antes de la adjudicación, la Ilustre Municipalidad de Arica, podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas a través de la plataforma electrónica. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión a través de la plataforma.

10.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas. No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas.

11.- ERRORES Y OMISIONES

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Ilustre Municipalidad de Arica, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Los oferentes, tendrán un plazo máximo el cual se informará a través del portal de mercado público, según sea el caso, para responder lo solicitado por la Ilustre Municipalidad de Arica, si al concluir dicho plazo, no existiere respuesta por el proveedor, la Ilustre Municipalidad de Arica, estará facultada para abstenerse de evaluar su oferta económica. La Ilustre Municipalidad de Arica, solicitará estas aclaraciones a través del sistema de información no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios por la respectiva licitación durante el curso del proceso; y los oferentes deberán dar respuesta a las consultas planteadas por ese mismo medio, salvo que exista problemas de operatividad, conexión, etc. de la plataforma mercadopublico.cl

12.- SOLICITUD DE MAYORES ANTECEDENTES

Después del cierre de la licitación, durante la etapa de evaluación de las ofertas, la Ilustre Municipalidad de Arica, se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes a los proveedores para la evaluación de las ofertas, teniendo el proveedor un plazo breve y fatal de dos días hábiles contados desde la solicitud de mayor información realizada por la Ilustre Municipalidad de Arica, para la entrega de esta, en caso que el proveedor no de cumplimiento a dicho requerimiento, la Municipalidad se reserva el derecho a no evaluar su oferta.

13.- DERECHO A DESESTIMAR LA(S) OFERTA(S)

La Ilustre Municipalidad de Arica, se reserva el derecho de aceptar o desestimar parcial o totalmente cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés de la Corporación, con expresión de causa por la resolución adoptada.

14.- INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS

Serán consideradas siempre inadmisibles las ofertas extemporáneas, las que omitan algunos de los antecedentes solicitados y aquellas que no den cumplimiento a las exigencias de estas bases, o que, habiendo sido objeto de errores u omisiones formales, no los hubiesen subsanado o corregido en el plazo otorgado.

Otras causales de inadmisibilidad. Cualquiera de los siguientes hechos permitirá declarar la inadmisibilidad de una oferta en la etapa de evaluación:

Cuando el oferente por cualquier medio de a conocer a la Ilustre Municipalidad de Arica, su oferta económica antes de la apertura económica.

Cuando la información que entregue el oferente no conste en los anexos solicitados por la Municipalidad  y/o en los campos dispuestos para tales efectos, referidos a datos mutables.

Cuando la información contenida en catálogos acompañados por el proveedor a la licitación sea contradictoria con la de su oferta.

Cuando la oferta supere las 100 UTM con IVA incluido.

En los casos que todas las ofertas sean declaradas inadmisibles, se procederá a declarar desierta la licitación.

15.- TOTALIDAD DE LOS PRODUCTOS

El proveedor deberá ofertar la totalidad de los productos solicitados en todas las líneas licitadas, en caso contrario su oferta no será evaluada. En caso que ninguno de los proveedores oferte la totalidad de los productos, la Ilustre Municipalidad de Arica podrá evaluar a aquel proveedor que oferte la mayor cantidad de productos, siempre y cuando la oferta sea conveniente para la Municipalidad, lo cual será evaluado por el responsable del contrato.

16.- DE LA EVALUACIÓN DE OFERTAS

La evaluación de las ofertas se realizará según lo informado en el Nº 17.-SOBRE LA METODOLOGÍA DE LA EVALUACIÓN. Para todos los efectos el cálculo del puntaje de las ofertas se realizará en números enteros. En caso de igualdad en el puntaje final se adjudicará al oferente de mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Especificaciones Técnicas” y si esta igualdad se mantiene se adjudicará al oferente con mayor puntaje en el criterio de evaluación "Precio". Los oferentes que no cumplan con los requerimientos técnicos  señalados en los Anexos N°2 y aplicado la Metodología de Evaluación según anexo Nº4,  obtendrán un puntaje igual a (0) punto, siendo excluida su oferta de la licitación, y únicamente en tal eventualidad  será declarada inadmisible.

17.- SOBRE LA METODOLOGIA DE EVALUACION

La Evaluación de las ofertas se realizará en base a los siguientes criterios y forma de aplicación:

Criterios de Evaluación

Ponderación (%)

Cumplimiento de  especificaciones técnicas

35

Precio

60

Cumplimiento de los requisitos formales

5

Total

100

 

 

 

 

 

 

 

 





a).- CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS:

Se evaluará, según la información ingresada en el Anexo Nº 2, la asignación de puntaje se materializará de acuerdo a lo siguiente:

Cumplimiento de especificaciones técnicas.

Puntaje

Si satisface completamente lo solicitado

100 Puntos

Si satisface lo solicitado con observaciones con (>90% y <100%)

80 Puntos

No satisface lo solicitado

0 Puntos

 Observaciones: Se entenderá que satisface completamente lo solicitado cuando la oferta cumple con todas las descripciones del Anexo Nº2.

Nota: La Ilustre Municipalidad de Arica, en su proceso de evaluación de las ofertas, no continuará evaluando a los proveedores que obtengan una ponderación inferior a 80 puntos sin decimales en el resultado parcial de su evaluación en el criterio “Cumplimiento de especificaciones técnicas”, como también en el caso que lo estime conveniente a sus intereses institucionales con expresión de causa por la decisión adoptada.

Puntaje Final Criterio: Puntaje Oferente x  35%

 

b).- PRECIO:

De acuerdo al valor ingresado en la oferta económica de la plataforma de mercadopúblico y según consta en el Comprobante de Ingreso de oferta, se calculará el puntaje para el criterio precio de cada uno de los oferentes, aplicando la  siguiente fórmula:

 

Puntaje=  Precio Mínimox100 
                Precio Evaluado

 

El puntaje final del criterio se calculará de la siguiente manera:

 

Puntaje Final Criterio: Puntaje Oferente x  60%

 

c).- CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES:

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales en virtud del artículo 40 inciso 2º, del reglamento de la Ley Nº 19.886, obtendrá 0 puntos en este criterio.

 

La asignación de puntajes en este criterio, se materializará de acuerdo a lo siguiente:

 

Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes bases

Puntaje

SI

100 PUNTOS

NO

0 PUNTOS

  

 En a

En aquellos casos, que algún oferente no ingrese a la plataforma los anexos solicitados en las presentes bases administrativas, referidos a datos mutables o relacionados con los criterios de evaluación, su oferta será declarado inadmisible, no accediendo a la etapa de evaluación.

 

El puntaje final del criterio se calculará de la siguiente manera:

 

Puntaje Final Criterio: Puntaje Oferente x  5%

 

18.- DE LA ADJUDICACIÓN

Se aceptará la propuesta que mejor se ajuste a los requerimientos solicitados, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidas en las bases de licitación, no estando obligado a adjudicar la propuesta que presente la oferta económica de menor valor. Efectuada la proposición de adjudicación, el Director de Administración y Finanzas, mediante decreto, adjudicará la presente licitación al oferente que haya obtenido el mejor puntaje y cuya propuesta sea la más conveniente a los intereses de la Ilustre Municipalidad de Arica. Dictada el decreto de adjudicación, ésta será comunicada a través del portal de Compras Públicas. La fecha señalada en el punto 3 “Etapas y Plazos” es referencial, por lo que, la adjudicación deberá efectuarse a más tardar dentro del plazo indicado. Si la adjudicación no se realizará dentro del término señalado, se informará a través del portal las razones que justifiquen tal incumplimiento, debiendo indicarse nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2 del Reglamento de la Ley 19.886. En caso de dudas respecto del decreto de adjudicación, el oferente podrá realizar sus consultas al correo electrónico del responsable técnico de la licitación. La consulta será analizada por el personal de la Ilustre Municipalidad de Arica, y se dará respuesta en tiempo oportuno.

19.- READJUDICACIÓN

Se procederá a la re adjudicación en los siguientes casos:

 a) Cuando el oferente no mantenga su oferta posterior al proceso de adjudicación.

 b) Cuando el oferente incurra en quiebra o estado de insolvencia.

 c) Cuando el oferente no acepta o rechaza la orden de compra a través del sistema electrónico.

 d) Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el Registro Nacional de Chile proveedores en el plazo establecido en las Bases de Licitación o, encontrándose inscrito en dicho registro, no esté habilitado para contratar con la Ilustre Municipalidad de Arica.

 e) Cuando el proveedor adjudicado no cumpla con el plazo de reposición de la totalidad de los bienes o no cumpla con la entrega del producto.

 f) Cuando el oferente no entregue la declaración jurada simple para contratar.

En aquellos casos, la Ilustre Municipalidad de Arica, podrá adjudicar al proveedor que sigue en puntaje y así sucesivamente, siempre y cuando la oferta sea conveniente para la Ilustre Municipalidad de Arica, y cumpla con los requisitos exigidos en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la Licitación.

20.- DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN

La Ilustre Municipalidad de Arica, declarará desierto el proceso licitatorio cuando concurra alguna de las causales que señala a continuación: 

 a) Cuando no se presenten ofertas o éstas sean declaradas inadmisibles 

 b) Cuando las ofertas no resulten convenientes a los intereses de la Municipalidad.

21.- MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION

En caso de dudas respecto al Decreto de adjudicación, el oferente podrá realizar sus consultas al correo electrónico del Responsable Técnico de la Licitación. La consulta será analizada por personal de la Ilustre Municipalidad de Arica, y se dará respuesta en tiempo oportuno.

22.- AUMENTO Y DISMINUCIÓN

Durante el proceso de adjudicación, y frente a una necesidad ineludible la Ilustre Municipalidad de Arica se reserva el derecho de aumentar o disminuir la cantidad de bienes en un 50%. En ningún caso el aumento referido podrá modificar el proceso de licitación.

23.- FORMALIZACION DEL CONTRATO

En virtud de lo establecido en el artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios y por tratarse de bienes de simple y objetiva especificación, el contrato de formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación por parte del proveedor.

24.- INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES

La Municipalidad contratará la adquisición de los bienes, productos o servicios con aquellos proveedores que se encuentren hábiles en el Registro Nacional de Proveedores. Por lo tanto, la Ilustre Municipalidad de Arica, enviará la respectiva orden de compra a través de la Plataforma Electrónica de Mercado público al proveedor adjudicado, una vez que éste se encuentre inscrito y habilitado en el registro de Chile proveedores. En caso que el proveedor no cumpla con este requisito durante el proceso de licitación y dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación, la Municipalidad podrá re adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado y que cumpla con los requisitos para contratar.

25.- ENVÍO Y ACEPTACIÓN DE ORDEN DE COMPRA

Una vez adjudicado el proceso la Ilustre Municipalidad de Arica, enviará una  Orden  de Compra agregando el IVA al valor neto adjudicado, excepto cuando las ofertas sean exentas de impuesto. La orden de compra se enviará a través de la plataforma electrónica www.mercadopúblico.cl. Una vez recepcionada la declaración jurada simple para contratar. Esta orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor, dentro de los 2 días hábiles siguientes a su envío, con todo el proveedor deberá aceptar dicha orden de compra antes de la recepción de los bienes o servicios por la Ilustre Municipalidad de Arica. En caso contrario se entenderá que el proveedor rechaza la orden de compra, en conformidad a lo establecido en el inciso segundo del Artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886.

26.- PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDEN DE COMPRA

La licitación se formalizará mediante la emisión de una orden de compra y la recepción de esta por parte del proveedor, conforme lo dispone el Nº8 del artículo 22º y 63º del decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y su modificación. En este caso, el plazo de vigencia del contrato regirá a partir de la notificación del envío de la orden de compra al proveedor y terminará en el plazo de entrega informado por el proveedor en su oferta. La orden de compra deberá ser despachada al proveedor adjudicado una vez aprobada la adjudicación. En caso de que el proveedor adjudicado no cumpla o cumpla parcialmente con la entrega del bien o la prestación del servicio adjudicado dentro del plazo señalado en su oferta, la Municipalidad se reserva el derecho de dar por terminado anticipadamente el respectivo contratos de suministro de bienes o servicios.

27.- SEGUROS, COSTO DE TRANSPORTE Y EMBALAJE

Este corresponde al seguro, costo de transporte y embalaje en los cuales el proveedor debe incurrir hasta la entrega de los bienes en el espacio físico de la Bodega de la Ilustre Municipalidad de Arica, ubicada en Avda. Renato Rocca Nº1585, Arica.

28.- DIRECCIÓN DE DESPACHO

Los productos deben ser enviados a la Bodega Municipal, ubicada en Avda. Renato Rocca Nº1585, Arica, en el siguiente horario: 9:00 hrs. a 12:00 hrs. y de 14:30 hrs. a 16:00 hrs. de lunes a viernes, sin perjuicio de la instalación final en el lugar indicado por la Ilustre Municipalidad de Arica.

29.- DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS

La Ilustre Municipalidad de Arica se reserva el derecho a cancelar la orden de compra y devolver o rechazar con cargo al proveedor todos los productos, que no cumplan con los requerimientos técnicos mínimos solicitados en las especificaciones técnicas de la licitación, sin costo para la Municipalidad y sin ningún tipo de indemnización. En aquellos casos, que el proveedor reponga el producto o entregue nuevamente el servicio, el plazo de reposición o entrega no podrá exceder la misma cantidad de días señalizado como plazo de entrega informado por el proveedor en su oferta. Sin perjuicio, que la Ilustre Municipalidad de Arica, y el proveedor adjudicado puedan fijar de mutuo acuerdo otro plazo de reposición o entrega del servicio. La Municipalidad se reserva el derecho de pagar la Orden de Compra una vez que el proveedor adjudicado cumpla con la reposición del producto dentro de los plazos fijados en el párrafo anterior.

30.- REPOSICIÓN DE LOS BIENES O PRODUCTOS

En aquellos casos que la Ilustre Municipalidad de Arica estime que los bienes  o productos  que forman parte del suministro de bienes no  cumplen con lo solicitado en las bases de licitación el proveedor adjudicado deberá reponer los bienes o productos sin ningún tipo de costo para la Municipalidad, en caso de existir falla, daño o diferencia en  la entrega de éstos cuando la Municipalidad así lo requiera.  En lo demás, se aplicará lo dispuesto en el apartado "devolución de productos" de las presentes bases.

31.- GARANTÍA TÉCNICA DEL PRODUCTO

El proveedor deberá presentar una declaración de los términos bajo los cuales entregará la garantía de funcionamiento de los artículos ofrecidos. Este documento deberá detallar las fallas y los repuestos que serán cubiertos, durante el periodo de garantía, sin costo para el comprador. En subsidio se le aplicará lo dispuesto en los artículos 19, 20 y 21 de la Ley 19.496 de Protección de los Derechos del Consumidor. En caso que el proveedor no presente dicho documento, o no señala el tiempo de la garantía, se entenderá que la Garantía Técnica post venta será como mínimo de un año (12 meses) a partir de la recepción final de los mismos por parte de la Ilustre Municipalidad de Arica y se considerará la sustitución de los productos que presenten fallas como consecuencia de los defectos de material de armado o fabricación o reparación del producto en los términos señalados en los artículos 20 y 23 inciso primero de la Ley 19.496 ya citada, teniendo la Municipalidad el derecho que le confiere el artículo 21 inciso 7 de la referida ley.

32.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

El Contrato administrativo regulado por estas bases administrativas podrá modificarse o terminarse anticipadamente por la Ilustre Municipalidad de Arica, sin derecho a indemnización alguna para el (los) proveedor(es) adjudicado(s), si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

Por resciliación o mutuo acuerdo entre  las partes.

Por Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.

Cuando el proveedor se demore más de 20 días corrido en la entrega de los bienes con respecto al plazo de entrega y/o reposición acordado entre las partes según su oferta.

Cuando el proveedor este incapacitado técnicamente para entregar los productos.

En caso de disolución de la sociedad o empresa adjudicada y no tuviese continuidad legal.

Por quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario a menos que se entreguen  cauciones para garantizar el cumplimiento de la obligación.

Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

Por aumento unilateral de los precios estipulados en el contrato.

En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el(os) proveedor(es) adjudicado(os).

33.- FACTURACIÓN

La facturación del suministro de los bienes, productos o servicios, deberá hacerse a nombre de la Ilustre Municipalidad de Arica, RUT Nº 69.010.100-9. Domicilio, Avda. Renato Rocca Nº1585, Arica, indicando claramente el nombre de la adquisición y número de la Orden de Compra. El monto total debe indicarse en números enteros sin decimales, incluido el valor agregado (IVA), con excepción de aquellas ofertas que sean exentas de impuestos.

34.- MODALIDAD DE PAGO

La Ilustre Municipalidad de Arica pagará al proveedor adjudicado el valor de la oferta adjudicada dentro de los 30 días corridos siguientes, contados una vez recepcionados los bienes o servicios respectivos. Una vez realizada la recepción conforme de los bienes o servicios respectivos, realizada por el Usuario Responsable, habilitará a la Municipalidad para solicitar al proveedor la emisión de la factura respectiva la cual será en pesos chilenos. El valor de la facturación será expresado en pesos. La Ilustre Municipalidad de Arica se reserva el derecho de suspender el pago en los plazos señalados precedentemente, en caso que no fueran recepcionados conforme los productos.

35.- DESCUENTOS AUTORIZADOS EN LA ORDEN DE COMPRA

El proveedor adjudicado facultará a la Dirección de Administración y Finanzas para efectuar descuentos de los bienes y /o servicios entregados cuando estos no cumplan con la calidad y cantidad adquirida en la respectiva orden de compra. Tales descuentos se realizarán al momento de pagar la factura emitida por el proveedor adjudicado o se imputará a futuros pagos que realice la Unidad compradora. 

36.- REGULACIÓN DEL PROCESO DE COMPRA

Las presentes bases, se regirán en todo momento por lo dispuesto en la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, y por el Manual de Procedimiento de Adquisiciones Ilustre Municipalidad de Arica, aprobado por Decreto Nº 4885/2012 de fecha 31 de julio del año 2012. Asimismo, formarán parte de las mismas, las respuestas a través del foro, las modificaciones y aclaraciones que emita la Ilustre Municipalidad de Arica, sea que ellas fueren impartidas por los mismos participantes o bien fueren impartidas por la Municipalidad. El proceso de adquisición se ceñirá a los siguientes documentos según el orden de prelación que se señala: I. Bases Administrativas, especificaciones técnicas y sus anexos. II. Aclaraciones, respuestas, y modificaciones a las bases si las hubiere. III. Oferta de él adjudicatario. IV. Órdenes de compra emitidas. 

37.- PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Resolución de Empates

Ver cláusula "De la Evaluación de Ofertas".

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Ver cláusula "De la Adjudicación".

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Ver cláusula "Errores y Omisiones".

ANEXOS OBLIGATORIOS

En aquellos casos, que algún oferente no ingrese a la plataforma los anexos solicitados en las presentes bases administrativas, referidos a datos mutables o relacionados con los criterios de evaluación, su oferta será declarada inadmisible, no accediendo a la etapa de evaluación.

No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la Ley.

La presente licitación los anexos Nº1, 2 y 3 son de carácter obligatorios, no obstante, si solo se presentara un oferente en la propuesta, la Ilustre Municipalidad de Arica, se reserva el derecho de evaluar al único proveedor que se presentó a la licitación, siempre y cuando en su proceso de evaluación, no haya sido declarada inadmisibles y al menos el oferente envió el anexo Nº2.

En tal evento, podrán ser solicitados los anexos pendientes que no sean referidos a datos mutables o relacionados con los criterios de evaluación, lo que no deberá afectar al principio de igualdad entre los oferentes y libre concurrencia.

***REV.06/03/15